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El Colegio de Abogados de Zaragoza mantendrá su denominación: la jueza tumba el cambio de nombre inclusivo

Colegio de Abogados de Zaragoza

ElDiarioAragón

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El Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (REICAZ) seguirá manteniendo su denominación actual tras la desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por un grupo de abogadas colegiadas que reclamaban un nombre más inclusivo. Las recurrentes solicitaban cambiar la denominación a “Real e Ilustre Colegio de la Abogacía de Zaragoza”, argumentando que el término “Abogados” no refleja adecuadamente a todo el colectivo profesional, integrado por mujeres y hombres.

El conflicto se remonta al 25 de julio de 2023, cuando se celebró una Junta General en la que se sometió a votación la propuesta de cambio de denominación. El resultado de la votación fue de 421 votos a favor de mantener la denominación actual, 146 votos a favor de la denominación inclusiva y un voto en blanco. Posteriormente, se convocó la Junta General Extraordinaria del 1 de diciembre de 2023 para aprobar los nuevos estatutos, incluyendo la cuestión de la denominación, y la votación se realizó a mano alzada.

Durante la vista del recurso, las abogadas recurrentes defendieron que la denominación vigente no las representa y que la modificación es una cuestión de igualdad y justicia lingüística. Entre los testigos se señaló que el término “Colegio de Abogados” no es neutro y que la adopción de un lenguaje inclusivo podría reflejar mejor la pluralidad del colectivo. Sin embargo, también se destacó que el cambio es deseable pero no obligatorio según la normativa vigente.

El Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Zaragoza desestimó el recurso, fundamentando su decisión en el Estatuto General de la Abogacía Española y la Ley de Colegios Profesionales de Aragón, que otorgan autonomía a los colegios para aprobar sus estatutos y no obligan a adoptar un lenguaje inclusivo en la denominación. La jueza subrayó que el “masculino plural genérico” puede percibirse como no inclusivo, pero no constituye discriminación legal y que la votación y aprobación de los estatutos siguió un procedimiento democrático y conforme a derecho.

En un comunicado, las abogadas recurrentes expresaron su desacuerdo con la sentencia y anunciaron que han interpuesto recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. En su comunicado, señalan que la denominación inclusiva “Colegio de la Abogacía” representa mejor la pluralidad de la profesión, visibiliza a las mujeres juristas y se alinea con los principios de igualdad, no discriminación y lenguaje inclusivo que inspiran el ordenamiento jurídico.

La sentencia reconoce el derecho de las recurrentes a sentirse discriminadas, pero sostiene que la decisión democráticamente adoptada por los colegiados del REICAZ no constituye una medida que mantenga o promueva desigualdad entre mujeres y hombres. Por esta razón, se desestima la pretensión principal de las recurrentes, aunque no se imponen costas debido a la complejidad del caso.

El fallo establece que las abogadas tienen quince días para interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. La jueza concluye que, aunque el debate sobre lenguaje inclusivo en el ámbito profesional es legítimo y abierto, el uso del término “Abogados” en la denominación del REICAZ no vulnera la ley ni constituye discriminación objetiva, y la decisión de la mayoría de los colegiados debe prevalecer.

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