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El Tribunal Superior de Asturias ratifica una condena a 15 años de prisión por agredir sexualmente a la hija de su pareja

Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias.

Pilar Campo

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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado íntegramente la pena de 15 años de cárcel, 10 años de libertad vigilada y 20 años de inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión u oficio relacionado con menores de edad que la Audiencia Provincial impuso, el pasado mes de febrero, a un vecino de Gijón por un delito continuado de agresión sexual. La víctima era la hija de su pareja a la que comenzó a agredir bajo amenazas desde que tenía nueve años. Ahora tiene 15 años y sufre estrés postraumático.

El testimonio de la menor “claro y contundente” ha sido determinante para que los magistrados del alto tribunal asturiano hayan rechazado el recurso de apelación del acusado, un recluso reincidente que aprovechaba cada salida de la cárcel en libertad provisional para reanudar las agresiones sexuales.

La Sala ha dado plena credibilidad a la declaración de la víctima quien, a pesar de su corta edad, relató lo ocurrido “con serenidad y firmeza” y describió “sucesiva y minuciosamente las actuaciones llevadas a cabo por el acusado”, según consta en la sentencia.

Además, según los magistrados, el testimonio de la menor fue firme en tres ámbitos diferentes: su entorno familiar, escolar y asistencial. Y posteriormente lo reiteró sin contradicciones durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial que se saldó con la condena del acusado.

Ahora, con la confirmación de la pena, el TSJA echa por tierra toda la argumentación de la defensa que basaba su recurso de apelación, entre otros motivos, en su derecho a la presunción de inocencia cuestionando la versión de la menor.

El temor de la niña ante las amenazas del acusado

El acusado, que ahora tiene 45 años, convivió con su pareja y los dos hijos de ésta -entre ellos la víctima- entre 2011 y 2019, en Gijón. Al menos a partir de 2014, comenzó a agredir a la menor en el domicilio familiar así como en el trastero y en un coche cada vez que su madre abandonaba la vivienda para ir a su puesto de trabajo, según declara probada la resolución.

El acusado amenazaba a la menor con pegarle “si contaba lo que le hacía”, lo cual le producía “un gran temor debido a su carácter violento”, añade el fallo. Las agresiones sólo se interrumpían cada vez que el acusado ingresaba en prisión y se reanudaban cada vez que salía de nuevo en libertad provisional.

Los magistrados del TSJA no han tenido en consideración ninguna de las alegaciones del acusado. Aseguran que con su recurso pretendía “una revaluación de las pruebas de carácter personal (testificales y periciales) practicadas en la primera instancia”, lo que conforme a la doctrina jurisprudencial resulta vedado para la Sala “por carecer de la inmediación que tuvo la Audiencia”, corroboran.

“En esencia el recurso se dirige a minar o poner en cuestión la credibilidad de la declaración de la víctima”, señala el TSJA que, al otorgar plena validez al testimonio de la menor, ha ratificado todos y cada uno de los extremos de la sentencia condenatoria de la Audiencia y además le han impuesto las costas judiciales. La sentencia del alto tribunal asturiano no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

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