Tres advertencias que hace el Consultivo a Clavijo por la Ley del Suelo

El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo.

Macame Mesa

Las Palmas de Gran Canaria —

El pleno del Consejo Consultivo emitió este martes un dictamen favorable al proyecto de ley del suelo impulsado por el presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo. Una iniciativa que ha generado posiciones contrarias entre partidos políticos y sectores implicados y que ha avivado el debate sobre la gestión del territorio en el Archipiélago.

El último en posicionarse al respecto ha sido el Colegio Oficial Interinsular de Arquitectos de Canarias, que emitió recientemente un demoledor informe en el que definió el proyecto de Ley como impreciso, de carácter excesivamente reglamentista, injusto, confuso o desequilibrado, entre otros aspectos.  

Aparentemente, el dictamen del Consultivo – que fue aprobado por unanimidad- da un impulso a la iniciativa al concluir que se ajusta “con carácter general” a derecho. Sin embargo, las 160 páginas del informe contienen unas observaciones de legalidad y seguridad jurídica que recalan en los apartados más discutidos de la ley. Así como una serie de recomendaciones técnicas a lo largo del articulado de la misma.

Si bien el Gobierno no se ve obligado a hacer una revisión de la norma en profundidad, puesto que el pronunciamiento del Consejo carece de fuerza vinculante, el dictamen deja entrever una serie de advertencias que, de llevarse a efecto, modificarían la esencia del proyecto estrella de Clavijo.

El informe autonómico vinculante

Uno de los principales cambios que propugna la Ley del Suelo es el de incrementar las competencias de los ayuntamientos y cabildos respecto al planeamiento, restando las de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), que podría ser sustituida por otro órgano.

El proyecto propone un sistema horizontal por el que la aprobación inicial o definitiva de los planes generales de ordenación y de los territoriales dependería de las administraciones locales e insulares, para acortar plazos. Asimismo, estipula que, tras la aprobación inicial del planeamiento insular, el Ejecutivo canario emitiría un informe único, preceptivo y vinculante.

Dicho informe opera como sistema de garantía y evita el vaciamiento de las competencias en materia de urbanismo que ostenta la comunidad autónoma. Sin embargo, el Consultivo advierte de que su regulación en el proyecto de Ley resulta “insuficiente”.

El motivo se centra que el texto estipula que el Gobierno regional solo deberá limitarse a responder a los términos de la petición cursada por los cabildos y ayuntamientos, cuando a juicio del Consejo debería fijarse también en cuestiones que puedan incidir en el análisis competencial o de derecho material. Es decir, todos los aspectos de la legalidad, con lo que el planeamiento pasa a convertirse en una decisión compartida (no horizontal, sino vertical).

“Podría resultar más acorde al Derecho estatal básico un reforzamiento del informe vinculante de la Administración autonómica, de tal forma que incluyera un pronunciamiento sobre la legalidad y la no afección a las cuestiones de índole supralocal del plan formulado por la Corporación Local. Así corregidos, los arts. 104.4 y 145.3 PL resultarían conformes al parámetro de legalidad aplicable”, puntualiza.

Fuentes consultadas por este medio señalan que, de este modo, la labor del Ejecutivo canario no distaría en exceso de la que realiza en la actualidad la Cotmac.

Inseguridad en la disposición derogatoria única

Según el Consultivo, la capacidad de suprimir las Directrices de Ordenación y su memoria, contenidas en el anexo de la Ley 19/2003, supone un alcance que “no puede ignorarse”. Derogación que tiene algunas excepciones, como las englobadas en la ordenación del turismo.

Se trata de 143 directrices – algunas de aplicación directa - que expresan los objetivos hacia los que se pretende encaminar el desarrollo territorial y económico del Archipiélago y que son “fundamentales” para el sistema de planeamiento de Canarias. Algunas, por ejemplo, impiden que bolsas de suelo agrícola, cuyos valores deben ser preservados, puedan ser urbanizadas por mucho que las mismas no estén en explotación.

Motivo por el que el Consejo alerta de la “eventual inseguridad jurídica que una derogación de tanta trascendencia puede provocar”, basándose en el artículo 9.3 de la Constitución Española.

La indeterminación del interés insular o autonómico

Cualquier proyecto declarado de interés insular o autonómico puede aprobarse al margen de la evolución del planeamiento y de las directrices y se puede instalar en cualquier tipo de suelo, con independencia de su calificación urbanística. Es por esto que el Consultivo dedica un apartado para examinar un apartado que también ha generado polémica entre diversos sectores.

Al respecto, advierte de que la normativa intenta “ir sustituyendo el urbanismo de plan por el de proyecto”.

Estos proyectos “tienen por objeto ordenar y diseñar, para su inmediata ejecución, o bien ejecutar sistemas generales, dotaciones y equipamientos estructurantes o de actividades industriales, energéticas, turísticas, culturales, deportivas, sanitarias o de otra naturaleza, de carácter estratégico, especialmente cuando se trate de atender necesidades sobrevenidas o actuaciones de carácter urgente”.

Aunque la normativa recoge como excepciones a la instalación de estos proyectos tanto el suelo rústico de protección ambiental, como el agrario, su articulado también dispone que “podrán legitimarse actos y usos específicos que sean de interés público o social que contribuyan a la ordenación y el desarrollo rurales, o que hayan de emplazarse en el medio rural”.

Para el Consultivo, en este apartado se utilizan “conceptos jurídicos indeterminados” para justificar la excepcionalidad en suelo rústico de protección ambiental, pues “se alude a que no exista alternativa viable y lo exija la funcionalidad de la actuación pública. Esta indeterminación afecta a la seguridad jurídica”.

Esto se debe a que la legislación estatal básica mantiene que las actuaciones de transformación del territorio tienen que estar previstas por el planeamiento.

El Consejo de Gobierno del próximo lunes aprobará previsiblemente el anteproyecto antes de llevarlo al Parlamento de Canarias. Mientras, la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad estudiará qué observaciones asume para introducir las modificaciones pertinentes y cuáles deja atrás.

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