Anulado un concurso en la capital gomera por discriminación territorial: exigía un asesor laboral a menos de cuatro horas

Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera.

Iván Suárez

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Un insólito e injustificado requisito ha hecho saltar por los aires un concurso público de más de 100.000 euros en San Sebastián de La Gomera, municipio de unos 9.500 habitantes. El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias ha anulado la licitación de la capital de la isla colombina para contratar un servicio de asesoramiento laboral y gestión de nóminas. ¿El motivo? Los pliegos otorgaban 20 de los 100 puntos en juego a la gestoría capaz de presentarse en el Ayuntamiento en menos de cuatro horas tras recibir un aviso. 

Según el tribunal de contratos, esa exigencia adolece de una “absoluta falta de motivación” en el expediente y no sólo vulnera los principios de “igualdad, transparencia y proporcionalidad”, sino que, además, constituye “una cláusula de arraigo territorial” prohibida, puesto que genera “discriminación” entre las licitadoras.  

El Ayuntamiento capitalino sacó a concurso el servicio el pasado mes de febrero. El gobierno municipal, formado por la Agrupación Socialista Gomera (ASG) y por Coalición Canaria (CC), justificó la externalización del servicio de asesoramiento laboral y gestión de nóminas en la falta de personal del departamento de recursos humanos. Esta área se sostiene en la actualidad tan sólo con dos auxiliares administrativos y una técnico general, por lo que destinar a uno de ellos en exclusiva a esas tareas mermaría “gravemente” la actividad administrativa diaria del Ayuntamiento, expone la memoria justificativa.

Ese documento incide, además, en que el Consistorio carece de personal con la formación técnica específica para utilizar sistemas telemáticos de gestión laboral y que contratar a un especialista para estas tareas supondría un gasto anual que ronda los 60.000 euros, una cantidad superior a la prevista en la externalización (103.500 euros por tres años).

Una empresa radicada en Sevilla (Gaesa Asesores) recurrió los pliegos ante el Tribunal de Contratos Públicos de Canarias. Esta gestoría sostiene que premiar con 20 de los 100 puntos (los 80 restantes corresponden al precio) a las empresas que tengan la capacidad de llegar a una reunión presencial en el Ayuntamiento en menos de cuatro horas introduce un elemento de “arraigo territorial indirecto no justificado”. Es decir, en su opinión ese criterio favorece “indebidamente” a las asesorías ya instaladas en la isla, “penaliza” a competidores con experiencia equivalente y produce una “restricción artificial” de la competencia. 

Esta empresa remarca que ese requisito no responde a ninguna necesidad técnica y no tiene nada que ver con el objeto del contrato. 

La secretaria municipal tampoco lo entiende

Lo curioso de este caso es que, al verse obligado a responder al recurso de la empresa, el propio Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera acabó entonando el mea culpa. La secretaria general no acertó a encontrar “la justificación, coherencia y necesidad” que fundamentaba ese requisito que exigía la “ineludible presencia” de la adjudicataria en las oficinas municipales en un plazo máximo de cuatro horas. La propia funcionaria calificó la exigencia redactada por su administración de “desproporcionada y no justificada”. 

La secretaria municipal recalca en su informe que toda la gestión de nóminas y los trámites ante la Seguridad Social se realizan mediante plataformas telemáticas. Por lo tanto, el intercambio de expedientes y documentos “no exige la presencia de la adjudicataria” en el Ayuntamiento, sino simplemente garantizar el acceso informático a los archivos. 

Con este contexto de una empresa que recurre y una administración que se allana, el tribunal de contratos anula el requisito de las cuatro horas y, en consecuencia, los pliegos. Sostiene este organismo que no hay ni un solo motivo en el expediente para justificar esa exigencia y que, por tanto, es discriminatoria. El tribunal recuerda en su resolución, dictada el pasado lunes 6 de abril, que los objetivos de comunicación pueden lograrse mediante medios virtuales, por lo que imponer la presencia física de un asesor laboral externo “pierde justificación objetiva y se convierte en un obstáculo injustificado para la libre concurrencia”. 

Esa resolución obligaba al Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera a retrotraer las actuaciones al momento anterior a la aprobación de las bases para formular un nuevo concurso. Tan sólo un día después, el 7 de abril, la alcaldesa, Angélica Padilla (ASG), firmaba un decreto por el que anulaba el concurso y ordenaba abrir un nuevo expediente de contratación con las “modificaciones oportunas”. 

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