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El Consultivo dictamina que los concejales no adscritos no pueden representar a un ayuntamiento en una mancomunidad

La terraza de un bar en Segovia, Castilla y León (España)

EP

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 El Consejo Consultivo de Castilla y León se ha pronunciado en su reunión de este jueves sobre una consulta facultativa sobre derechos de los concejales no adscritos y ha determinado que estos no pueden ser designados representantes de ayuntamientos en una mancomunidad ni consecuentemente percibir retribución por tal concepto.

El dictamen aprobado recoge que corresponden a los concejales no adscritos, al igual que a los demás concejales, los derechos políticos y económicos que conforman el núcleo esencial de la función representativa, pero no los derivados con carácter exclusivo de la pertenencia a un grupo político, han informado a Europa Press fuentes del Consejo.

Del mismo modo, el dictamen concluye que un concejal no adscrito puede formar parte de las comisiones informativas, al tratarse del ejercicio de funciones ligadas al mandato representativo que ostenta y, por tanto, indisponibles por ser consustanciales a su condición de concejal; y puede, por ello, percibir las cantidades (derechos económicos) que correspondan por la asistencia a dicho órgano.

Asimismo, señala que un concejal no adscrito no puede ser designado teniente de alcalde ni miembro de la Junta de Gobierno y tampoco puede ejercer cargo por delegación del alcalde. Consiguientemente, tampoco podrá percibir retribución alguna por tales conceptos.

En la reunión de este jueves también se ha dado el visto bueno a diversos asuntos de responsabilidad patrimonial y se ha reunido el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales que ha resuelto tres recursos cuyo valor asciende a casi dos millones de euros.

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