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Rajoy suspende el grueso de medidas de derecho a la vivienda de la ley catalana antidesahucios

El presidente Mariano Rajoy

João França

Adiós a la obligación de los grandes propietarios de ofrecer una alternativa de alquiler social a las familias vulnerables antes de ejecutar un desahucio. También a la obligación de esos grandes propietarios a ceder pisos vacíos a las administraciones para uso social. El Consejo de Ministros ha recurrido finalmente este viernes, fecha límite para la impugnación, varios artículos de la ley catalana contra los desahucios y la pobreza energética impulsada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca y aprobada por unanimidad en el Parlament. “Se recurren aspectos procesales que afecten a la igualdad de los españoles”, ha asegurado la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría.

Sáenz de Santamaría ha apuntado que los artículos recurridos tienen que ver con el procedimiento de mediación, los requisitos previos a las interposiciones de demanda y “otros aspectos civiles”. El proceso de mediación, que el Gobierno considera que excede su función, hace referencias a las medidas contra el sobreendeudamiento, una adaptación al código de consumo catalán de la propuesta de dación en pago que la PAH llevó al Congreso para evitar las deudas de por vida. En cambio, no se recurre, asegura la vicepresidenta, “ninguna medida” vinculada a la pobreza energética.

“Nosotros defendemos las competencias del Estado y la igualdad de todos los españoles”, ha dicho la vicepresidenta para justificar que la medida no tiene carácter político. El Gobierno presenta recurso usando la potestad de la presidencia para pedir su suspensión provisional a la espera del dictamen de Tribunal Constitucional. Santamaría ha recordado que es el mismo criterio que se usó con las leyes de vivienda de Andalucía, Navarra, Canarias y Euskadi ya recurridas por el Ejecutivo del PP. Así como en esas comunidades, el Consejo de Estado considera que se vulnera el principio de igualdad y la regulación del derecho a la propiedad. “No es posible que haya regulaciones asimétricas del derecho de propiedad en todo el territorio nacional, y un propietario tenga más o menos derecho según dónde tenga sus propiedades”, considera la vicepresidenta.

Sáenz de Santamaría ha remarcado que no se presenta recurso contra “ninguna medida” vinculada a la pobreza energética, y ha remarcado que sigue vigente el principio de precaución, según el cual las compañías no pueden realizar ningún corte sin solicitar antes un informe de servicios sociales, y no lo pueden hacer en caso que la familia se encuentre en situación de vulnerabilidad.

Durante los últimos meses, los ayuntamientos habían elaborado los recursos legales para aplicar las herramientas que les da la ley y Barcelona había sido el primer municipio en abrir expedientes para multar a grandes propietarios que desahucian sin ofrecer una alternativa de vivienda.

Las medidas de sobreendeudamiento eran una de las exigencias de la PAH a la Generalitat de Catalunya, que hasta la semana pasada no hizo público un proyecto de reglamento para dar una respuesta extrajudicial a las familias que no podían hacer frente a sus deudas. La ley catalana contempla que, en caso que la mediación se cierre sin llegar a un acuerdo, se abre un procedimiento judicial y, una vez la entidad haya cobrado con la liquidación de activos –como la vivienda– con excepción de los bienes inembargables, el juez puede acordar la cancelación de la deuda restante. El caso de España es un caso excepcional en el panorama internacional en que la deuda hipotecaria no se salda con la entrega de la vivienda y esta ley pretendía dar una respuesta a esta situación.

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