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Los jueces ordenan renovar los equipos de protección del personal de ambulancias catalanas y hacer tests a contactos

Un trabajador del SEM

elDiario.es Catalunya

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ordenado a la empresa Transporte Sanitario de Catalunya dotar al personal de ambulancias “con carácter urgente e inmediato”, aunque sin establecer un plazo concreto, de equipos de protección de la COVID-19, renovarlos tras cada guardia, así como desinfectar los vehículos e instalaciones y realizar tests a todos los trabajadores con síntomas o expuestos al virus.

En un auto, la Sala de lo Social del alto tribunal catalán ha estimado una demanda presentada por UGT y ha requerido a la mencionada empresa y, subsidiariamente, al Servicio Catalán de Salud y al Sistema de Emergencias Médicas para que lleven a cabo pruebas diagnósticas “en todas las bases donde haya trabajadores con síntomas o que hayan sido expuestos”.

El TSJC así lo ha decidido dado “el peligro grave e inminente para la integridad física y/o vida” en el caso de que no se adopten las exigencias del sindicato, un “riesgo” que, según la sala, “no solo concurriría respecto a quienes solicitan las medidas, sino respecto a la totalidad de la ciudadanía que entrase en contacto con las personas prestadoras de servicio esencial, cual es el de ambulancias, ante la posibilidad de contagio”.

Urge así a la compañía a que entregue a “todo” el personal de ambulancias batas o buzos impermeables de protección para cada trabajador y de su talla, además de mascarillas FPP2 o FPP3 y quirúrgicas mientras dure el estado de alarma. El alto tribunal catalán estipula también que el uso del material sanitario debe limitarse “a una guardia”, así como del uniforme de trabajo, aunque admite que “no ignora la existencia de escasez de estos medios”, ante lo que subraya que no es de su “competencia” valorarlo.

“No integra el objeto de esta resolución, ni de nuestra competencia, declarar la prioridad que las autoridades gubernativas han de establecer en orden a distribuir los equipos de protección de las personas trabajadoras, ni pronunciarnos sobre su eventual escasez, sino garantizar la seguridad y salubridad en el desarrollo de la actividad laboral, tanto en situación de normalidad, como en la excepcional que en la actualidad concurre”, agregan los magistrados.

La sala también insta a que se desinfecten los vehículos y las instalaciones de la empresa y le ordena realizar las pruebas del COVID-19 en todas las bases en las que haya empleados con sintomatología compatible con la pandemia o que hayan estado en contacto con contagiados.

No obstante, en su resolución, el TSJC evita acordar con mayor concreción otras demandas que hizo UGT –como la realización de tests a todos los trabajadores, que se dotara a las unidades de transporte sanitario no urgente de dos técnicos o que se habilitaran puntos de desinfección en enclaves estratégicos– para evitar desequilibrios con otros colectivos.

“Aceptarlas en estos términos sería otorgar a los trabajadores de la empresa una protección superior a la que se ha otorgado a otros colectivos que tienen igual o mayor riesgo de contaminarse por el COVID-19”, subraya. La pasada semana, el TSJC ya prohibió que el personal de ambulancias se lleve a casa la ropa de trabajo y los equipos de protección individual para lavarlos y ordenó a la empresa que se encargara de descontarminarlos o, en su caso, destruirlos.

En otro auto denegó, además, la petición de CC. OO. para que la consellería de Salud diera más protección que la “imprescindible” al personal de las ambulancias, desinfectando todos los vehículos e instalaciones y efectuando tests al conjunto de trabajadores, al esgrimir que, a diferencia de médicos o Mossos d'Esquadra, no dependen directamente de la Generalitat.

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