“Lo que necesitamos es una contrarreforma laboral”
Mar Serna fue consejera de Trabajo de la Generalitat de Catalunya durante el tripartito, entre 2006 y 2010. Independiente y con una sólida formación como jurista, tras su incursión en la política ha vuelto a la magistratura y ahora es juez de lo social. Afirma que la neutralidad del cargo no le impide tener opiniones, y las manifiesta con convicción y contundencia.
En 2010 cuando era consejera y se aprobó la reforma laboral impulsada por el PSOE afirmaba que la reducción del paro no vendría de la mano del abaratamiento del despido, ¿se reafirma en dicha opinión?
Totalmente. Estoy de acuerdo con la idea de que la legislación por sí sola no reduce el paro, y la modificación que hizo el PP, aún peor. En apariencia tenemos datos estadísticos que parecen decir que el paro va mejor, pero si se miran los datos reales, se ve que ha crecido mucho la contratación a tiempo parcial. Y la mayoría de la gente que trabaja a tiempo parcial lo hace de forma involuntaria.
Precisamente hace poco salían unas cifras que indicaban que en Catalunya si se sumaba el trabajo a tiempo parcial involuntario y la tasa de desocupación, el resultado serían siete puntos más de paro. Pasaríamos del 15 al 22% de paro.
En aquel momento usted también afirmaba que la extensión del contrato de fomento del empleo debía acompañarse de la penalización del empleo temporal irregular. ¿Piensa que si le hubieran hecho caso la temporalidad sería inferior?
Yo creo que sí. Esta es una de las carencias de aquella normativa. Creo que ha faltado voluntad política para afrontar el problema de la temporalidad abusiva, que no es una temporalidad ordinaria. España es el segundo país europeo tras Polonia con más temporalidad. Y no es que nuestro mercado de trabajo sea especial. Si comparas por sectores, por ejemplo hostelería, en Alemania y en España la diferencia inexplicable. Esto quiere decir que tenemos una temporalidad ficticia, en abuso de ley.
Para cambiar esto, ¿que habría que hacer?
Se debería unificar la normativa. También cabe decir que la inspección de trabajo, cuando encuentra un contrato en fraude de ley, impone una sanción. Pero, hecho esto, es igual que encuentre un caso de encontrar mil contratos de la misma empresa en fraude de ley. Esta es una carencia importante, que no pasa en materia de Seguridad Social. En el primer caso la sanción es la mínima. Yo, hace muchos años que reivindico que se cambie esto.
Como consejera reclamó que los parados hicieran un esfuerzo para formarse aprovechando el tiempo en que no trabajaban. ¿Piensa que esto ahora se hace bien?
Hemos perdido una oportunidad histórica. En estos años de crisis, con tanta gente en paro, en vez de incrementar los fondos para políticas de formación se han reducido, si no recuerdo mal, cerca del 50%. Esto nos hace reproducir los errores de épocas anteriores. Estamos en una economía que se fundamenta en los bajos costes y lo que nadie puede discutir es que no hemos aprovechado estos años para formar a la gente desocupada.
La mitad de las personas en paro en Catalunya lo están desde hace más de un año. Si miramos su procedencia, seguramente son gente con baja calificación. Estas personas difícilmente se volverán a insertar y este es un coste muy importante para la sociedad y para las personas afectadas.
¿Qué opina de los cambios legales que han hecho posible la creación de las empresas multiservicios?
Este tipo de empresas en los años 90 ya existían. Recuerdo que entonces las empresas propietarias de parkings contrataban a una persona para la vigilancia de los aparcamientos, porque ellas no tenían personal. Y para este trabajo contrataban una empresa multiservicios. Aquel fenómeno era minoritario, pero con la reforma laboral de 2012, que ha permitido a las empresas multiservicios, basadas de nuevo en los bajos costes, el abuso se ha incrementado de manera desorbitada.
Desde su punto de vista, ¿qué implicaciones tiene ahora la proliferación de empresas multiservicios?
En primer lugar afecta a los salarios. Por ejemplo, el Ministerio de Empleo enviaba hace poco al fiscal una empresa de seguridad low cost, cuando dicho ministerio había contratado esta misma empresa, que presuntamente incumplía la ley, para vigilar el Fogasa. Hemos llegado a esta situación paradójica por intentar ahorrar en salarios.
¿Por qué la reforma laboral de 2012 ha influido en las empresas multiservicio?
Porque ha permitido que se hagan contratos basados en el hecho de que el convenio de empresa es de aplicación prioritaria respecto del de sector. Y nos encontramos con convenios de empresas multiservicios, que son casi fantasmas. Por eso casi el 50% de estos convenios en el ámbito estatal han sido impugnados y el Tribunal Supremo los ha declarado nulos. Porque los habían suscrito personas que no tenían la legitimación suficiente: la representatividad de los trabajadores. Se daban casos en que se firmaba un contrato para un centro de trabajo determinado y luego se hacía extensivo a todos los centros de trabajo de la empresa.
Una posición que se esgrime continuamente desde la patronal es la vinculación de salarios y productividad, pero ¿la productividad de una empresa no depende también de otros factores?
Es cierto que la productividad no tiene que ver solo con los salarios. Sin embargo, el incremento de productividad no debe tener solo un beneficiario: la empresa. También debe beneficiar a los trabajadores. Es también el caso de los beneficios. Hay empresas punteras en que la retribución tiene que ver con los beneficios anuales alcanzados, esta es la forma de incrementar la producción. Pero yo creo que el empresariado en este país, de forma mayoritaria, ha apostado por una economía basada en costes bajos. Para competir con otros países occidentales no se puede ir así, eso es pan para hoy y hambre para mañana.
En Catalunya se ha aprobado tramitar la Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC). ¿Puede que la gente no quiera trabajar por unos salarios bajos?
Yo creo que este es un debate forzado. La gente, salvo excepciones, quiere trabajar. En nuestra sociedad tu identidad está muy en función de lo que trabajas. Por eso vemos que las personas que están en paro suelen tener graves problemas de salud, incluso mental. Por tanto, no nos engañemos, ¡la gente quiere trabajar! Pero, se ha de decir que el trabajo que ahora se da a las personas no les permite que se ganen la vida y esto nos ha situado en Catalunya en un nivel de pobreza de casi el 20%. Por tanto, en esta situación creo que la Renta Garantizada de Ciudadanía es un mínimo para compensar lo que el mercado no da.
¿Y las empresas no pueden aprovechar esta circunstancia?
Es que simultáneamente deberíamos trabajar para evitar fenómenos como las empresas del 20-40-60. Es decir, que te contratan por 20 horas, cobras 40 horas en negro, pero trabajas 60. ¡Esto no se puede permitir!
Alguna vez ha manifestado que la formación debería ser casi obligatoria para los trabajadores cuando quedan en paro, pero cada año disminuye el dinero que se dedican a la formación
Esto es una paradoja. Sigo diciendo que la formación debería ser obligatoria. Pero, ¿cómo se puede hacer esto si no tenemos los fondos para hacerlo posible? La gente va a la oficina de desempleo esperando que los apunten a un curso, ¿y no les avisan que no hay capacidad para dar respuesta a esta demanda? En cambio nos dedicamos a hacer bonificaciones y reducciones de cuotas que la Seguridad Social da las empresas y ese dinero está demostrado que no sirve para crear empleo. Y creo, en cambio, que ese dinero debería destinarse a formación directa para las personas sin trabajo.
Está en marcha un cambio legislativo que puede llevar a la cárcel a trabajadores o trabajadoras por formar parte de piquetes. ¿Qué le parece?
A mí eso me parece desproporcionado, porque el derecho de huelga es un derecho fundamental, que debe estar protegido y no sancionado. La existencia los piquetes es sustancial al derecho de huelga. Otra cosa es que haya daños a las personas o las cosas, pero para atajar eso no se necesitaba un tipo específico en el código penal. Ya existía una figura que podía sancionar los daños a las personas o las cosas. Por tanto, el problema es que esta penalización tiene su origen en una concepción neoliberal de las relaciones laborales.
Un resultado de la reforma fue hacer que los convenios caducaran al final de su duración. Otro, la judicialización de las relaciones laborales, ¿qué opina?
Sobre la ultractividad afirmo que es bueno tener mecanismos para no mantener abierta la negociación sine die, pero esto no ha dado los resultados que teóricamente se pretendía. Ha supuesto más conflictividad, más pérdidas de horas de trabajo. La crisis ha puesto freno a estos cambios. Al respecto le diré francamente: necesitamos una contrarreforma laboral.
¿Lo puede aclarar?
Sí, pero no abogo volver a la normativa laboral de los años 80 ni la de los años 2000. Estamos en el año 2017 y necesitamos una reforma de la negociación colectiva. Le diré claramente: lo que hoy está pasando en las empresas multiservicio basadas en el convenio de empresa no tiene ningún sentido.
¿Se puede decir que usted aboga por potenciar de nuevo el diálogo social?
Es que está demostrado: las normas que se pactan y consensúan se aplican, pero en este país, donde hay una brecha entre la ley y la realidad, lo que no se consensúa, al final se incumple. No se ha integrado en el día a día de nuestras empresas una concepción dialogada de las relaciones laborales.
Los tribunales finalmente han avalado que no es necesario que la empresa registre la jornada laboral que hacen sus trabajadores...
Esta es una única sentencia. En nuestro ordenamiento jurídico una sentencia no produce jurisprudencia. Lo que pasa es que rápidamente la inspección de trabajo ha dictado una circular diciendo que no hay que pedir el registro horario. Y yo me pregunto, ¿cómo se controlan las horas extras si no tienes un registro horario? En este sentido creo que si solo depende de la inspección, deberían tener la voluntad política de seguir con la normativa anterior.
¿Pedir el registro del control horario es pues una cuestión de voluntad política?
Efectivamente, creo que es cuestión de voluntad política y parece que la voluntad que ha habido es la de favorecer los incumplimientos normativos.
¿Cree que algunas sentencias judiciales han logrado humanizar las relaciones laborales tras las reformas?
Por supuesto, solo hay que fijarse en la ultractividad que, ahora, cuando se aplica, mantiene el salario del anterior convenio. No se aplica en cambio el salario mínimo interprofesional como parecía deducirse de la primera lectura de la norma. Y esto es gracias a una interpretación del Tribunal Supremo. Después, en el ámbito judicial, se han dado muchas cuestiones prejudiciales planteadas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) que han permitido interpretaciones restrictivas en aspectos como los despidos colectivos, o en relación con la protección de los derechos de los consumidores.
En definitiva, de las magistradas y magistrados han surgido iniciativas que permiten interpretaciones positivas, como es la sentencia del TJUE de septiembre pasado que fija la indemnización de los contratos temporales igualándola a la de los indefinidos. Esto ha sido por parte del tribunal europeo, que pareció decir: “Estoy harto de la excesiva temporalidad del mercado laboral español”.