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Hostelería, comercio y limpieza: los sectores con más empleadas parciales ante la sentencia del Constitucional

Una trabajadora limpia un despacho. Foto de archivo.

Laura Olías / Raúl Sánchez

El Tribunal Constitucional anuló esta semana parte del mecanismo de cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial debido a un trato desigual injustificado respecto a aquellos con jornadas completas, así como porque discrimina indirectamente a las mujeres. ¿A quién afecta la medida? La nueva forma de establecer la pensión que tiene que regular el Gobierno alcanzará a todos los que se jubilen a partir de la publicación de la sentencia en el BOE, aunque en algunos grupos el cambio tendrá mayores efectos que en otros. El perfil en general más extendido en el trabajo a tiempo parcial es el de una mujer, asalariada en el sector privado, y que trabaja en las actividades de limpieza, hostelería y comercio.

El número de personas que verá aumentar la cuantía de sus pensiones –las que recibirán frente a las que iban a percibir con el sistema anulado– se desconoce por el momento. El Ministerio de Trabajo todavía está estudiando el fallo del Constitucional para ver cómo modificar la forma de cálculo y tampoco ha informado aún sobre su estimación del número de personas afectadas por la sentencia.

Hay que decir que el cambio no tiene por qué suponer siempre una mejora en las cuantías de las pensiones futuras. En concreto en dos casos: por un lado, las personas que trabajan durante muy pocas horas y al final de su carrera no llegan al mínimo, por lo que el Estado complementa sus pensiones para que obtengan la cuantía mínima; y por otro, aquellas que han trabajado con jornadas parciales pero de muchas horas y que ya incluso con el actual método de cálculo no se veían penalizados. En los casos intermedios, en cambio, sí se debería apreciar el cambio legislativo que va a provocar la sentencia del Constitucional.

El catedrático de Derecho del Trabajo Eduardo Rojo subraya que el Constitucional solo ha anulado uno de los dos factores que determinan la cuantía de las pensiones de los trabajadores con jornadas parciales, el referido al cálculo del periodo de cotización. En este sentido, destaca el argumento de la fiscal general al respecto, que la normativa cuestionada “carece de proporcionalidad al exigir a los trabajadores a tiempo parcial unos periodos reales de cotización notoriamente superiores que a los trabajadores a tiempo completo para alcanzar el mismo porcentaje sobre la base reguladora, incluso realizando las mismas cotizaciones”.

Siete de cara diez trabajadores parciales son mujeres

El último dato disponible de la Encuesta de Población Activa sobre el número de trabajadores a tiempo parcial corresponde al primer trimestre del año y lo sitúa en las 2,9 millones de personas, casi un 15% del conjunto de trabajadores, algo más que en el mismo periodo del año anterior. 

Para aislar el dato de la estacionalidad del mercado laboral y ahondar en el perfil de las personas que trabajan con este tipo de jornadas se han tomado los datos medios anuales de 2018. Entonces, la EPA cifraba en algo más de 2,8 millones los trabajadores a tiempo parcial en España, de los que el 74,5% eran mujeres. La inmensa mayoría son asalariados –90% frente al 9,4% de autónomos– y estaban empleados por el sector privado (83%).

En términos absolutos, el grueso de los trabajadores con jornadas parciales se concentra en edades medias. Sin embargo, si se atiende al porcentaje de ocupados con jornadas parciales frente al conjunto de trabajadores para cada grupo de edad, estos horarios reducidos tienen más incidencia entre los trabajadores más jóvenes y de avanzada edad. Siempre, las mujeres tienen porcentajes de parcialidad mucho más elevados que los hombres.



Los sectores más feminizados, con más parcialidad

Además, los sectores más feminizados son los que generalmente tienen tasas de parcialidad más altas, como se desprende de este gráfico basado en los datos de afiliación media a la Seguridad Social en el Régimen General (no incluye autónomos, ni el Régimen Especial de empleadas del Hogar, entre otros) en 2018.



Las actividades más situadas a la derecha son aquellas con una mayor tasa de parcialidad entre el conjunto de sus afiliados. La que cuenta con un porcentaje más elevado de trabajadores a tiempo parcial es la categoría del CNAE “Servicios a edificios y actividades de jardinería”, que incluye las actividades de limpieza, un 57% de sus afiliados.

Cristina Antoñanzas, vicesecretaria general de UGT, señala justo al colectivo de las limpiadoras como uno de los que más considera que pueda beneficiarse de la sentencia del Constitucional. “Es un sector en el que hay mucho contrato parcial para limpiar por horas. También existe mucha parcialidad en la hostelería y el comercio”, avanza.

Así lo indican los datos. Aunque en términos de incidencia –trabajadores parciales sobre el total de cada sector– destaca el sector de la limpieza (seguido de las actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento, con un 53% de parcialidad, y el de hostelería de “servicios de comidas y bebidas”, con un 50%), los números absolutos señalan principalmente a la hostelería y al comercio.

Las cifras de afiliación a la Seguridad Social indican que los sectores que acumulan más número de trabajadores con contratos a tiempo parcial son: Los servicios de comidas y bebidas (490.674 personas) y el Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas (471.795).

Por otro lado, en cuanto a las empleadas del hogar, la EPA sitúa el número de trabajadoras en las 628.800 personas, de las que el 88% son mujeres. En este colectivo de trabajadores hay también una gran tasa de parcialidad, que alcanza al 53,5% del total.

Según los puestos en cada sector, el trabajo a tiempo parcial es más abundante en los trabajadores de los servicios de restauración, personales, protección y vendedores (33% del total de 2,8 millones de trabajadores a tiempo parcial) y en ocupaciones elementales (26%). En el lado opuesto, una de las ocupaciones con un menor porcentaje de trabajadores a tiempo parcial es la de mayor poder (directores y gerentes), con una tasa del 1,2%, solo por detrás las ocupaciones militares, con un porcentaje ínfimo.

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