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Hacienda obligará a Airbnb y a otras plataformas a presentar informes periódicos de los alquileres turísticos

Turistas en Barcelona.

Economía

Una de las grandes críticas generadas alrededor del alquiler turístico es el pago de impuestos. El ministerio de Hacienda trabaja en un decreto con el que busca mejorar el control de la pata fiscal del boom de los alojamientos turísticos y controlar el posible fraude fiscal. “Con fines de prevención del fraude fiscal se establece una obligación de información específica para las personas o entidades, en particular, las denominadas plataformas colaborativas, que intermedien en el arrendamiento o cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, se puede leer en el decreto que prepara el ministerio y que está sometido a fase de consulta pública.

Hacienda obligará a las plataformas como Airbnb, Homeaway o Wimdu a “presentar periódicamente una declaración informativa referente a los bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles situados en territorio español”. Esto es uno de los cambios que se recoge en el nuevo decreto para modicar el reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.

En este sentido, se considerarán para este tema uso de vivienda con fines turísticos a “la cesión temporal del uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, cualquiera que sea el canal a través del cual se comercialice o promocione y realizada con finalidad lucrativa u onerosa”. 

La declaración informativa

La normativa recoge una serie de datos de los que debe informarse. Por un lado, la indentificación del titular de la vivienda alquilada y la de quien gestionar el alquiler, en caso de que no sea el mismo. Por ejemplo, en el caso de que un particular ceda a una empresa para que gestione el alquiler vacacional. Esta identificación debe ser mediante nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal.

También deberá informarse de cual es el inmueble mediante el número de catastro, así como los datos de la pesona que alquila el piso turístico y el número de días. “A estos efectos, los cedentes del uso de la vivienda con fines turísticos deberán conservar una copia del documento de identificación de las personas beneficiarias del servicio, anteriormente señalado”, apunta el texto. Por último, en la declaración informativa deberá aparecer el importe por el que se ha alquilado.

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