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El Supremo obliga a Enagás a devolver más de 17 millones por el mantenimiento del Castor en 2014 y 2015

Una imagen del Castor.

elDiario.es

El Tribunal Supremo ha estimado un recurso contencioso-administrativo de la patronal catalana Cecot reconociendo la obligación de devolver a los consumidores de gas los más de 17 millones de euros percibidos por Enagás en concepto de operación y mantenimiento del fallido almacenamiento subterráneo de gas de Castor en 2014 y 2015.

Esos pagos comprenden básicamente seguros, helicópteros de vigilancia y la monitorización 24 horas del Castor, que todavía acumula gas en su anterior, y son los primeros que recibió Enagás cuando se hizo cargo de la infraestructura tras resolverse la concesión y quedar el almacén en estado de hibernación después de una sucesión de terremotos en la costa de Castellón.

La anulación se basa en la sentencia del Tribunal Constitucional que en diciembre pasado declaró “nulos e inconstitucionales” varios artículos del real decreto ley aprobado en 2014 por el Gobierno de Rajoy que contemplaba esa hibernación y una indemnización de 1.350 millones de euros para la promotora, Escal UGS (controlada por la constructora ACS), por la resolución de la concesión.

En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo señala que “la Administración debe obrar en consecuencia para llevar a efecto ese pronunciamiento anulatorio y, en su caso, adoptar las medidas procedentes para proceder al reintegro de las cantidades abonadas al amparo de la orden que se declara nula”.

El Supremo se refiere en esta sentencia a los importes percibidos por Enagás por este concepto de operación y mantenimiento en 2014, durante el mes de diciembre, y en el año 2015. No obstante, señala que siendo la devolución de las cantidades “una consecuencia natural del fallo, no procede” un “pronunciamiento específico” en ese sentido, “pues en el curso del proceso no ha quedado debidamente acreditado que efectivamente se hayan realizado pagos ni, por tanto, las fechas y cuantías de los que se hayan podido realizar”.

Cecot también ha recurrido contra los pagos realizados en los años 2016, 2017 y 2018. Estos recursos están todavía pendientes de resolverse, pero en el sector dan por hecho que también serán anulados dada la inconstitucionalidad del decreto.

Indemnización

La deuda por la indemnización del Castor fue colocada por Enagás en 2015 a Banco Santander, Bankia y Caixabank, que adelantaron ese dinero a un tipo de interés del 4,3% a devolver en 30 años con cargo a la tarifa del gas. El Constitucional no entró en el fondo de la indemnización que recibió Escal UGS por la decisión adoptada sobre Castor, centrándose más en el fondo de cómo se hizo esa indemnización a través de la aprobación de un Real Decreto de urgencia.

La declaración de inconstitucionalidad del mecanismo elegido por el Gobierno de Mariano Rajoy para articular la millonaria indemnización propició que en enero pasado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) suspendiera los pagos a Santander, Caixabank y Bankia, que en abril formularon una “reclamación de responsabilidad del Estado legislador” en la que solicitan la cantidad que no han recibido todavía, más los daños causados.

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