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ENTREVISTA
Catedrático de Derecho del Trabajo

Adrián Todolí, jurista: “Una sobrecarga de trabajo, aunque no llegue a burnout, es una vulneración de derechos”

Adrián Todolí, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universitat de València, dedica su último libro a la sobrecarga de trabajo.

Laura Olías

12 de junio de 2026 22:44 h

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Mientras el debate se centra a menudo en cuántas horas trabajamos, el catedrático de Derecho del Trabajo de la Universitat de València Adrián Todolí abre el marco y señala al 'cómo' lo hacemos. En España, la mitad de las personas sostienen que están expuestas a “presiones de tiempo o sobrecarga de trabajo” y, en paralelo, somos de los países europeos con más estrés y depresión por el trabajo. Estos datos empujaron a este jurista a investigar el problema y a dedicarle un libro a las posibles soluciones. Porque, defiende, “la sobrecarga de trabajo es una vulneración de derechos fundamentales”.

Se trata de abordar un problema de salud, pero no solo. “La sobrecarga de trabajo también está generando una sociedad cansada” y “cabreada”, advierte Todolí. Incapaz de desconectar, de tener ocio de calidad cuando termina su jornada laboral, de movilizarse en su barrio o de salir del sofá, sostiene en esta entrevista con elDiario.es tras la publicación de La huida del trabajo: sobrecarga de trabajo, salud mental y derechos fundamentales (Aranzadi La Ley, 2026).

Como jurista especializado en Derecho del Trabajo, ¿por qué decidió hacer un libro sobre salud mental y, en concreto, sobre sobrecarga laboral?

Hay varias razones. Una es jurídica: se empiezan a ver sentencias que establecen la sobrecarga de trabajo como concepto jurídico, tras demandas de personas que consideran que sus derechos fundamentales han sido afectados. Pero es secundaria. La razón principal, que lleva precisamente a estas sentencias, es que vivimos en una sociedad sobrecargada de trabajo. Y lo demuestran los datos. 

El 51% de los trabajadores consideran que están sobrecargados en el trabajo, de acuerdo con los estudios de OSHA (Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo). Hay un aumento de incapacidades temporales por salud mental que prácticamente se ha triplicado en los últimos ocho años. Intento investigar cuáles son las razones que hay detrás de eso, para dar soluciones al problema.

¿Qué soluciones se pueden dar a esta sobrecarga desde el mundo del Derecho? 

El marco preventivo es jurídico. En la historia, los sindicatos siempre han buscado que sus reivindicaciones sean norma, que es lo que garantiza los derechos en un Estado democrático. 

La cuestión es que históricamente se ha regulado la jornada de trabajo, porque se entendía que si trabajabas ocho horas, luego tenías tiempo para disfrutar de la vida. Y ahora nos estamos dando cuenta de que, incluso trabajando ocho horas, por el hecho de haber trabajado muy intensamente o porque la carga de trabajo es muy grande (y cuando estás en casa estás pensando que al día siguiente te espera un montón de trabajo, de correos…), al final tu tiempo libre no queda a tu disposición. Estás tan cansado mentalmente o físicamente, o tan estresado, que no puedes disfrutar de la vida. 

Creo que esto hace 30 años no pasaba, pero hay una serie de causas que provocan que ahora mismo el límite histórico de 'ocho horas de descanso, ocho horas de trabajo y ocho horas de ocio' sea insuficiente. Hay un problema de sobrecarga de trabajo y hace falta darle soluciones jurídicas.

Muchas personas acaban tan cansadas mentalmente o físicamente, o tan estresadas, que no pueden disfrutar de la vida en su tiempo libre

Entre las propuestas que plantea está establecer límites máximos de carga de trabajo. ¿Cómo se puede hacer esto?

Ahora mismo, la empresa recoge todos tus datos para poder exigirte más velocidad y más intensidad, y la tecnología también se puede utilizar en sentido inverso, para establecer límites. Hay ya ejemplos muy interesantes, como el caso de Polonia, donde en los trabajos físicos se establece un mínimo y un máximo de kilojulios de energía consumidos en una jornada. Hace 15 años, para medir las kilocalorías probablemente se necesitaba unos electrodos o mucha tecnología. Ahora mismo, todo el mundo mide cuántas calorías ha quemado en el día simplemente con un reloj.

Es decir, ahora la tecnología permite de manera muy fácil establecer esos controles. Y se podría incluso individualizar. Por ejemplo, hay personas que, porque su corazón va más acelerado, consumen más calorías sin cansarse, y a lo mejor su límite podría ser superior. O al revés. Ahora la Ley de Prevención ya exige que la esta sea individual, no general.

Y respecto a los trabajos del conocimiento, aunque está menos desarrollado, también hay ejemplos de que se puede medir la carga mental y el cansancio por el trabajo.

¿Como cuáles?

Se ha hecho históricamente con los pilotos de avión. Porque se entiende que un avión es muy caro y está la vida de muchas personas en juego, por lo que es importante medir la carga mental de esa persona para que no haya un accidente.

Así que me pregunto: ¿por qué no se hace con los médicos? También tienen la vida de muchas personas en sus manos. Y más allá: ¿por qué no pensamos en la vida del propio trabajador que, si está sobrecargado puede acabar con un ataque al corazón, con una depresión, un burnout o un accidente de trabajo? Existe la tecnología para hacerlo, pero no se está poniendo en práctica.

El libro 'La huida del trabajo: sobrecarga de trabajo, salud mental y derechos fundamentales', de Adrián Todolí.

Hay también mucho temor de dar acceso a las empresas a tantos datos personales. ¿Esto no puede acabar penalizando a trabajadores, por ejemplo al revelar quiénes pueden asumir menos carga de trabajo de cara a un despido?

Legislativamente, esto está bastante resuelto. La Ley de Protección de Datos ya establece que los datos no pueden ser utilizados para fines incompatibles respecto a aquellos para los que se recogieron. Entonces, si se recogen datos para medir y limitar la carga de trabajo, no se podrían utilizar para un ERE. La cuestión sería que las empresas que lo hicieran realmente fueran sancionadas y perseguidas por ello.

Luego hay un argumento quizá más sociológico o incluso práctico: las empresas ya están utilizando la tecnología y ya están recogiendo datos, solo que ahora mismo lo están utilizando para los ERE y para los despidos. Así que lo mínimo es que se utilice también para proteger a la salud de las personas.

Las empresas ya están utilizando la tecnología y los datos para los ERE y los despidos, así que lo mínimo es que se utilice también para proteger a la salud de las personas

¿Cómo ve el Anteproyecto de Ley que aprobó el Gobierno para modernizar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales? Hay también pendiente un reglamento sobre riesgos psicosociales comprometido.

El Gobierno puede aprobar el reglamento de riesgos psicosociales, no necesita mayoría parlamentaria. Viendo la situación política, podría ser el momento de hacerlo. Ahí se podría incluir la necesidad de medir las cargas de trabajo, porque creo que tiene amparo de la ley, sin necesidad de cambiarla.

Respecto a los cambios que se proponen en la Ley de Prevención, considero que están muy bien, porque se da mayor especificidad a los riesgos psicosociales, a la digitalización y a que se tenga en cuenta la perspectiva de género, entre otras cuestiones. Todo lo que se aclare va a ser positivo, pero creo que la clave está en el reglamento. Ahí es donde se detallará qué cosas habrá que medir, cómo medirlas, qué validamos y qué no.

¿Qué está pasando en los casos que ya han llegado a los tribunales? ¿Cuándo se considera que los trabajadores han sido sobrecargados por sus empresas?

Los tribunales están siendo bastante sensibles a esto, creo que en parte porque los jueces han sido los primeros que han demandado por su propia sobrecarga de trabajo. Al Tribunal Supremo han llegado solo tres sentencias de este tema: una de jueces y dos de médicos en hospitales públicos.

Se están valorando varios indicios de sobrecarga. Por ejemplo, cuando un trabajador lleva tiempo diciendo por correo electrónico a sus jefes que tiene mucha carga o que necesita que se contrate a más personas, sin que esto suceda. También cuando hay varios compañeros que están de baja o que dimiten y la empresa no los sustituye, porque se entiende que la carga de trabajo ha tenido que aumentar para el resto. O cuando ya hay otros compañeros que han dimitido por la sobrecarga de trabajo.

Hay otro caso interesante, que afecta a los derechos de conciliación, que sobre todo ejercen mujeres. Estas se reducen la jornada, pero se les mantiene la carga de trabajo o se reduce muy poco. Al final tienen que hacer el trabajo en la mitad de tiempo, cobran la mitad, pero luego se les exige prácticamente lo mismo.

En el libro defiende que no hace falta que las personas afectadas lleguen a una situación de burnout o de baja médica por salud mental para poder demandar la situación de sobrecarga laboral.

El Tribunal Constitucional ha sido bastante protector, dice que hay vulneración de derechos fundamentales cuando una actitud o una forma de funcionar en la empresa pone en riesgo la vida o la salud de la persona, sin necesidad de que se produzca el daño.

Entonces, aunque no se llegue a un burnout, simplemente que haya un riesgo para la salud por situaciones objetivamente de sobrecarga es suficiente para entender que se vulnera el derecho fundamental. Tiene todo el sentido, porque la ley y la Constitución no quieren simplemente castigar a posteriori, cuando ya ha producido el daño, sino proteger antes de que pase.

El catedrático de Derecho del Trabajo de la Universitat de València, Adrián Todolí,

Debido al aumento de bajas médicas, hay cada vez más críticas al "absentismo" en el lado empresarial. ¿Cómo les convencería ded este marco que plantea, de limitar las cargas de trabajo?

Hay argumentos que podrían ser humanitarios, de protección de las personas, pero quizá a estos grupos les apela más la cuestión económica. Hay muchos estudios académicos que demuestran que la sobrecarga de trabajo perjudica la productividad, porque normalmente produce pérdidas de calidad del trabajo, más rotación de personal, menos capacidad de formación... Así que, desde una perspectiva puramente económica, también es bueno limitar la carga de trabajo.

Una sociedad cansada o estresada es incapaz de reaccionar como ciudadanos ante todo lo que está pasando y es también una sociedad cabreada, que busca un objetivo contra el que volcar su enfado

¿Cuáles son los riesgos de no abordar este problema de sobrecarga de trabajo?

Estamos viendo el incremento de incapacidades temporales por salud mental, que aunque muchas veces no se califique como accidentes de trabajo, sí están relacionados con él. Esto es importante porque estamos hablando de la vida de las personas.

Y no es necesario que a una persona le dé un ataque al corazón o que muera por el trabajo, que por supuesto hay que luchar contra ello. Simplemente es que hay muchas personas que acaban el trabajo tan cansadas que no disfrutan de su vida, de sus hijos o del ocio, porque lo único que hacen es ponerse en el sofá mirando Instagram o con un programa de la tele porque han consumido totalmente su energía.

Estamos generando una sociedad cansada, que es incapaz de tomar acciones políticas o apuntarse a asociaciones vecinales... Una sociedad estresada es incapaz de reaccionar como ciudadanos ante todo lo que está pasando y también es una sociedad cabreada, que busca un objetivo contra el que volcar su enfado, que a veces es la propia clase política o la inmigración.

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