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La banca deberá informar detalladamente a las pymes porqué no les da un crédito

La banca deberá informar detalladamente a las pymes porqué no les da un crédito

EFE

Madrid —

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La banca española, cuando decida cancelar o reducir el flujo de financiación a pymes y autónomos, además de avisar con tres meses de antelación, les deberá entregar una extensa información sobre su situación financiera e historial de pagos en un documento denominado “Información Financiera-PYME”.

Así se establece en un proyecto de circular que ultima el Banco de España, que fue publicado el pasado viernes 11 de diciembre, y que estará a consulta pública hasta el próximo día 30, que afecta a entidades españolas, extranjeras que operan en España, y a los establecimientos financieros.

En la explicación de motivos, el Banco de España alega que una de las razones que dificultan la financiación de pymes y autónomos es la “asimetría informativa” a la que se enfrentan las entidades cuando conceden un crédito, lo que dificulta y encarece la necesaria labor de valorar su riesgo.

“Para mitigar dicha asimetría y facilitar el acceso a la financiación bancaria”, la norma establece que, cuando las entidades decidan cancelar o reducir el flujo de financiación a pymes y autónomos, además de informarles tres meses antes, les deberán hacer entrega de una amplía información sobre su situación financiera e historial de pagos.

Con el objetivo de lograr que la citada información sea comparable y fidedigna, el Banco de España especifica en la norma el contenido y el formato que debe tener el documento informativo, y establece la elaboración de una metodología estándar para evaluar la calidad crediticia con la que obtener una calificación del riesgo de las pymes y de los autónomos.

Así, según la circular, que completa la ley de fomento de la financiación empresarial, la banca deberá informar de forma detallada la situación de pymes y autónomos mediante los datos presentados en la Central de Información de Riesgos del Banco de España, además de otros sobre su solvencia patrimonial y el crédito.

También deberán incluir el historial crediticio o los extractos de los movimientos realizados durante el último año en los contratos del flujo de financiación y la calificación del riesgo del acreditado.

Esta calificación, que se obtendrá mediante la aplicación de la metodología prevista en la circular, debe permitir a la entidad situar a las pymes o al autónomo en categoría de “bajo riesgo”, “riesgo medio-bajo”, “riesgo-medio alto”, “riesgo alto” o “no disponible”.

Por último, la circular, que establece que las entidades deberán conservar durante seis años, la documentación y datos empleados en la elaboración del documento “Información FinancieraPYME”, así como aquella que acredite su recepción por el acreditado, indica que pymes y autónomos también podrán solicitar dicha información mediante pago, en cualquier otro momento.

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