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Ecologistas denuncian que no ejecutar la sentencia de Valdecañas vulnera la Constitución

Vista de la urbanización de Valdecañas

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Adenex y Ecologistas en Acción consideran que las alternativas al desmantelamiento del complejo Marina Isla de Valdecañas propuestas por la Junta de Extremadura, los propietarios y la Diputación de Cáceres “son inviables legal y ambientalmente”.

En una nota conjunta ambos colectivos han señalado que no ejecutar las sentencias de nulidad supone vulnerar el mandato constitucional del artículo 118 que establece. “Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los jueces y tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto”.

Según afirman la importancia de la conservación de este espacio “no reside solo en el valor ambiental del mismo antes de la construcción del complejo, sino en la forma en la que se integra en el resto de la Red Natura 2000”. Señalan que la finalidad de esta red de espacios protegidos es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en toda Europa.

“Extremadura es la única región en la que se permite la construcción de un complejo de tales características dentro de una zona ZEPA”, han criticado.

De igual forma han subrayado que el “mayor fracaso de la Administración extremeña reside en su falta de sensibilidad ante un caso de interés internacional”, mostrándose según dicen ‘incapaces’ de anteponer un interés común de protección del medio ambiente frente a un proyecto privado que genera un desarrollo de la economía local “aún por demostrar”.

Informe del CSIC

Han detallado que las alegaciones de la Junta de Extremadura y el resto de las partes “no han logrado desmontar la presunción de objetividad, imparcialidad y acierto” del informe del CSIC, un organismo oficial de ‘gran prestigio’, en el que se concluye que “la opción de mantener el complejo es mucho más perjudicial para el medio ambiente que su demolición”.

Los ecologistas han recordado que los peritos “también se han pronunciado categóricamente sobre la necesidad de desmantelar todo lo construido sobre rasante como única medida viable para reparar el daño causado a los hábitats, las especies y el agua”, de conformidad con lo que establece la Ley 26/2007 de Responsabilidad ambiental y el artículo 45 de la Constitución que ordena prevenir y restaurar los daños al medio ambiente.

Adenex y Ecologistas en Acción han justificado en sus escritos al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que no existen impedimentos legales ni ambientales que impidan la ejecución de las sentencias en sus propios términos.

Sostienen que una vez desestimado por el Tribunal el incidente de inejecución “están dispuestas a estudiar con las partes implicadas la forma en que se llevaría a cabo la restauración del suelo afectado a su estado original”, en los términos señalados por el informe del CSIC para que resultase “lo menos gravosa para la sociedad y para el medio ambiente”.

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