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Carmen Heras recuerda que su condena no es asimilable a ningún caso de corrupción

Carmen Heras

elDiarioex

Carmen Heras ha hecho público este sábado un comunicado, a través de su abogado, Emilio Cortés Bechiarelli, en el que se pronuncia oficialmente sobre la sentencia que la condena a ella y a otros dos ediles socialistas durante su mandato a ocho años de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación administrativa al cometer irregularidades en el pago del espectáculo Urban Screens de 2010. 

La hasta ahora presidenta del PSOE de Extremadura Carmen Heras ha destacado que los hechos por los que se le condenan por un delito de prevaricación administrativa “no integran, desde ningún punto de vista, un supuesto asimilable por el concepto jurídico -o sociológico- de corrupción política”.

Heras ha puesto esta semana su cargo a disposición del partido, después de haber sido condenada a 8 años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa cometido cuando era alcaldesa de Cáceres. Así lo anunció el secretario general del PSOE de Extremadura y presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, tras precisar que, según los estatutos del partido, cuando un militante es condenado por los tribunales “su baja como militante es automática”.

Su empeño es demostrar su “inocencia”  

En su escrito Heras agradece las muestras de apoyo y afecto recibidas, muchas de ellas por los cargos y compañeros de su partido, que han destacado su “honradez y decencia” y han puntualizado que este caso en ningún aspecto puede ser calificado de corrupción política.

Muestra su respeto por la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Cáceres, aunque entiende que los aspectos esenciales de su fundamentación fáctica y jurídica pueden ser revisados a través de los recursos ordinario y extraordinario que el ordenamiento jurídico ofrece para tal fin y que ahora su principal empeño es demostrar su inocencia en las instancias que correspondan.

Su caso, añade, no puede calificarse en ningún sentido de corrupción política, pues “ninguno de los condenados ha obtenido enriquecimiento de especie alguna como consecuencia de este suceso, ni tampoco la empresa encargada de la ejecución del proyecto, más allá del cobro de sus legítimos honorarios abonados por la actual Corporación Municipal”.

“La sentencia recoge la falta de tramitación administrativa de ese abono, elevándolo a la categoría de delito, pero nada más”, agrega Heras, quien señala que aquellos que “tratan de considerar el caso Urban Screen como una manifestación de corrupción demuestran su ignorancia o sus prejuicios” hacia el PSOE, partido al que todavía, según precisa, pertenece.

También aclara que “no existe esa adjudicación a dedo de la que algunos medios de comunicación hablan, no sabemos -o sí- con qué intención”. Finalmente, concluye que “el contrato estaba asignado a una empresa concreta a través del Consorcio Cáceres 2016 con todas las garantías legales, siendo otros muy diferentes los hechos que se han considerado probados”. 

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