Junta de Extremadura ultima una nueva regulación del teletrabajo en la Administración regional
La Consejería de Hacienda y Administración Pública ha sometido a información pública el proyecto de Decreto por el que se regula el teletrabajo como modalidad de prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sus organismos y entes públicos.
Durante los próximos 15 días cualquier persona física o jurídica puede examinar el proyecto de decreto indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas, según la resolución que ha publicado este jueves el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
En la Administración extremeña, la primera experiencia en materia de teletrabajo se remonta al año 2012 con la aprobación del Decreto 127/2012, de 6 de julio, por el que se regula la prestación de servicios en su modalidad no presencial mediante la fórmula del teletrabajo.
En esta norma, se ponían los pilares de lo que llegará a ser esta modalidad de prestación de servicios de las personas empleadas públicas, instaurándose un programa experimental de teletrabajo, cuyos resultados, una vez evaluados, deberían conducir a la instauración de programas de teletrabajo en las distintas Consejerías.
Con posterioridad, el Decreto 1/2018, de 10 de enero, sustituye al Decreto anterior e instaura un sistema estable de teletrabajo a través de convocatorias anuales, de las cuales ya se han ejecutado seis, que han ido consolidando en el tiempo esta modalidad de prestación de servicios, hasta el punto de que, en la actualidad, alrededor de dos mil empleados y empleadas públicas están acogidos a esta modalidad laboral.
“Es indudable que en estos más de seis años de vigencia del mencionado Decreto, la visión original que se tenía del teletrabajo, muy circunscrita a un instrumento de conciliación de la vida familiar y laboral, ha variado sustancialmente”, defiende la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
La pandemia provocada por la covid obligó a teletrabajar prácticamente a casi toda la plantilla no involucrada en servicios esenciales, “lo que provocó un desarrollo exponencial y exprés de los medios tecnológicos y telemáticos con que se contaba en la Junta de Extremadura”.
También ha hecho hincapié en que es “indudable” que las Administraciones Públicas se encuentran inmersas en un proceso de modernización y transformación impulsada por una sociedad cada vez más digitalizada y tecnologizada que demanda cambios y adaptaciones en la forma de relacionarse con la ciudadanía“.
No solo para conciliar
En este contexto, el concepto de teletrabajo en la Administración Pública ha ido variando respecto a sus primeros pasos, donde se contemplaba como una herramienta de conciliación, hasta convertirse prácticamente en una modalidad ordinaria de prestación de servicios que permite explorar nuevas formas de gestión y organización de los servicios, más flexibles, más dinámicos y más colaborativos.
En consonancia, el nuevo Decreto aporta novedades importantes respecto a la normativa anterior, siendo la primera de ellas, el abandono del sistema de convocatorias anuales.
Así, el teletrabajo se podrá solicitar y autorizar en cualquier momento, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y podrá prorrogarse, siempre que no existan concurrencia de solicitudes que pudieran denegarse por razones vinculadas al número de efectivos de necesaria presencia física.
Otro de los pilares de la nueva regulación del teletrabajo es el Acuerdo Individual de Teletrabajo, figura ya contemplada en otras regulaciones autonómicas, y que se constituye como el eje vertebrador que pretende dinamizar las relaciones entre la Administración y las personas teletrabajadoras durante el tiempo que dure la modalidad no presencial.
Se trata de un documento de acuerdo que deberán suscribir la persona teletrabajadora y las personas responsables de los servicios, unidades y centros de trabajo, donde se establecerán de común acuerdo, las condiciones particulares del régimen del teletrabajo de cada empleado o empleada público, en especial, los días concretos en que se teletrabajará, las franjas horarias, los objetivos y las tareas a realizar para su consecución.
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