Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El PP afronta las europeas con seis puntos de ventaja sobre el PSOE
Crónica - Milei asalta la campaña de las europeas como necesita el PSOE
Opinión - Lo que el PP llama patriotismo. Por Esther Palomera

La CRTVG ocultó durante cinco meses un protocolo antiacoso y solo lo publicó tras la intervención de la Valedora do Pobo

Concentración de trabajadores durante la huelga de la CRTVG el 6 de marzo de 2023

Luís Pardo

1

La queja ante la Valedora do Pobo de una trabajadora de la CRTVG, un caso que finalmente ha supuesto la imputación penal de ocho directivos, provocó que esa institución preguntase a la dirección de la corporación por su procedimiento para resolver conflictos por acoso psicológico. Tuvo que insistir, ante la falta de respuesta. Y, cuando esta llegó, hacía alusión a un documento que llevaba cinco meses firmado pero que los trabajadores no conocían y que no se publicó en la intranet hasta dos semanas después de esa contestación.

La denunciante se había dirigido a la Valedora porque consideraba que su cambio de puesto de trabajo, avalado por la justicia, era una clara “discriminación laboral” que atacaba a sus derechos. En 2018, y con apenas un par de días de preaviso, la desplazaron del departamento comercial –donde llevaba seis años, desde su regreso de una “excedencia especial”– al área de informativos. Las razones que se alegaron, que se buscaba un perfil “femenino” (aunque en ese departamento las voces de mujer ya duplicaban a las masculinas) y un horario determinado. A los pocos meses de su traslado, entró en un turno rotatorio. La Valedora aceptó su demanda y solicitó información sobre el caso a la CRTVG. Como resultó insuficiente para aclarar las dudas, transmitió un segundo oficio “urgente”, que tuvo que reiterar en una segunda ocasión antes de que la corporación respondiese, ya en 2019.

En ese oficio se interesaba “por lo dispuesto en el convenio colectivo de la CRTVG, el cual recoge expresamente que se establecerá un procedimiento de solución de conflictos por acoso psicológico, por lo que también resultará de interés conocer el protocolo actual en la materia para valorar la incoación del mismo”.

En su respuesta, enviada por fin el 3 de junio, el director general del ente Alfonso Sánchez Izquierdo asegura que “desde enero de 2019 existe un Procedimiento para la prevención de acoso en el trabajo”, un documento “negociado y elaborado por la Comisión de Seguridad y Salud Laboral”. En él se recogen, valga la redundancia, “los procedimientos que se llevan a cabo si un trabajador denuncia ante la empresa o la propia comisión un caso de acoso laboral de cualquier índole”. A esto añade que “ni la empresa ni dicha comisión tuvieron en ningún momento notificación alguna de que la trabajadora sentía que cualquiera de las causas que alega en su escrito habían sido causa de acoso laboral en ningún sentido”.

Sánchez Izquierdo se remite al 24 de enero, fecha de firma de un Procedimiento que, sin embargo, en el momento de responder a la Valedora, seguía siendo totalmente desconocido para la plantilla. Solo dos semanas después de esa contestación se publica por fin en la intranet de la corporación: es el 18 de junio a las 15:54, algo que todavía hoy se puede comprobar en el sistema. “Se pone a disposición de todos los trabajadores y trabajadoras de la corporación el Procedimiento para la prevención del acoso en el trabajo que puede consultarse pulsando AQUÍ”, rezaba el mensaje enviado por la dirección de Recursos Humanos. Esos cinco meses en el limbo parecen difíciles de justificar. No sin ironía, alguno de los delegados sindicales firmantes recuerda que una de las excusas fue “la revisión lingüística”, algo que podía realizarse “en menos de media hora”.

Será, por tanto, a partir de ese momento cuando los trabajadores sepan de su existencia. Incluida la denunciante, que ya a principios de año había recurrido ante la Valedora y a la que nadie había informado durante esos meses de la existencia de ese instrumento. “Puede que el documento estuviese en su despacho (el de Sánchez Izquierdo), pero se puede comprobar que la empresa no lo puso a disposición de los trabajadores en la intranet hasta el 18 de junio de 2019”. Una utilización “torticera” de la fecha, escribió entonces a la Valedora. Era, por tanto, “imposible que la Comisión Frente al Acoso (CFA) recibiese hasta ese momento ninguna denuncia”, como había alegado el director general.

Tres días de estudio antes del puente del 25 de julio

Tras conocer el documento, justo un mes después –el 18 de julio– la afectada presentó su denuncia ante la CFA. Pese a que el propio procedimiento recoge que hay diez días para investigar lo sucedido, la comisión inicia su trabajo el lunes 22 –con el relato de los hechos por parte de la afectada– y lo finaliza el miércoles, justo a tiempo para el puente del Día de Galicia. En ese lapso, y ante la falta de información sobre las diligencias, la trabajadora escribe varios correos electrónicos al secretario del CFA, Manuel Casás, responsable de Seguridad Laboral de la CRTVG y otro de los ocho imputados. Entre el miércoles y la mañana del viernes, le envía el texto de su exposición, “notas internas, actas de reuniones y correos electrónicos” que ella sostiene que “evidenciaban las situaciones” que denunciaba.

A primera hora de la tarde del viernes, 26 de julio, recibe las respuestas. Primero, el informe de conclusiones de CFA descartando el acoso “por unanimidad”. Después, en menos de media hora, una escueta contestación a todos los correos que le había enviado acompañados de “abundante documentación adjunta”: “Buenos días, te informo de que la comisión frente al acoso acabó su trabajo el miércoles, día 24 de julio de 2019, a las 20 horas y diez minutos. Un saludo. Manuel Casás”. Así dio la CRTVG carpetazo al caso.

Durante el mes de agosto, la trabajadora envió a Casás más correos electrónicos en los que ponía de manifiesto su queja “por la falta de garantías en el proceso”. No obtuvo respuesta. Tampoco a su solicitud de presentar alegaciones a las conclusiones de la CFA. El 30 de septiembre de ese mismo año, la Valedora cerró el caso: “Tras la investigación realizada (…) se deduce que usted presenta una queja reprochando una serie de actuaciones, de hechos, que integrarían, según su calificación, una situación discriminatoria y de represalia. Pero, siendo así, la valoración de su real trascendencia corresponde a los Tribunales”. Ahora, será la titular del juzgado de instrucción número 1 de Santiago la que tenga la última palabra.

Etiquetas
stats