¿Dónde y cómo se tratan los desechos del Prestige?
El tratamiento de los desechos del Prestige recogidos de la costa es, según denuncia Adega, “un asunto oscuro aún sin resolver que nuevamente muestra la dejadez de las administraciones, que incluso podrían estar incurriendo en ilegalidades”. La organización ecologista asegura que de las 90.000 toneladas recogidas, unas 10.000 quedan aún sin tratamiento y “almacenadas ilegalmente en unas balsas en As Somozas”. Además, recuerda también que la normativa vigente de residuos y suelos contaminados obliga a tratar estos desechos en un plazo máximo de 6 meses, mientras que estos “ya llevan allá 10 años”.
Del mismo modo, Adega recuerda que de las 80.000 toneladas tratadas por Sogarisa, se valorizaron (se incineraron) 956 de plásticos y 482 de fuel, esto es, un 10,2 y un 7,5% respectivamente. “¿Dónde fueron el resto de los plásticos y del fuel?”, se pregunta el colectivo, que denuncia que el 91% de plásticos y fuel oil “acabó en una escombrera”. “¿Para eso pagamos 24 millones de euros?”, dice la organización, que añade en una nota de prensa y el informe de Sogarisa sobre los desechos.
Tal y como recuerda Adega, de las 90.000 toneladas de desechos del Prestige, 60.000 fueron almacenadas en Sogarisa, 20.000 en Cerceda y otras 10.000 “en diferentes puntos”. “Los datos oficiales y las informaciones de prensa sobre el destino de estos desechos fueron por veces contradictorios y no sólo no aclaran determinados aspectos del proceso, sino que siembran dudas sobre su legalidad”, insiste, tras reconstruir en base a las noticias la cronología sucesiva por los restos de la catástrofe marítima.
A día de hoy, y tal y como ha reconocido la Xunta, siguen sin tratar unas 10.000 toneladas que están almacenadas en balsas por Sogarisa en As Somozas, esperando que el Estado y el Gobierno gallego “se pongan de acuerdo para pagar los 3 millones de euros que costaría el proceso”.
A este respecto, Adega llama la atención sobre la “posible ilegalidad del almacenamiento de los residuos sin tratar”. Así, recuerda otra vez lo que la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados dice en su artículo 20:
“Con carácter general los gestores de residuos están obligados a: Mantener los residuos almacenados en las condiciones que fije su autorización. La duración del almacenamiento de los residuos no peligrosos será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación. En el caso de los residuos peligrosos, en ambos supuestos, la duración máxima será de seis meses; en supuestos excepcionales, el órgano competente de las Comunidades Autónomas donde se lleve a cabo dicho almacenamiento, por causas debidamente justificadas y siempre que se garantice la protección de la salud humana y el medio ambiente, podrá modificar este plazo. Durante su almacenamiento los residuos peligrosos deberán estar envasados y etiquetados con arreglo a las normas internacionales y comunitarias vigentes. Los plazos mencionados empezarán a computar desde que se inicie el depósito de residuos en el lugar de almacenamiento”.
Adega entiende que “no pueden aceptarse causas técnicas, pues eso ya se resolvió antes del tratamiento de las 80.000 toneladas anteriores, por lo que Sogarisa debe estar obligada a no aceptar los desechos si no puede tratarlos, o a transferirlos dentro del plazo máximo de almacenamiento a otro gestor autorizado”. En caso contrario, una vez aceptados, incluso si no hay quien pague, estaría obligada a tratarlos.