Cómo evitar disgustos si compartes Lotería de Navidad

Rioja2

0

Solo queda un mes para el sorteo de la Lotería de Navidad. Quien más, quien menos, cuenta ya con algunos décimos o participaciones. Muchos de ellos, además, compartidos con familiares, amigos o compañeros, como 'manda' la tradición de este peculiar sorteo.

A un mes vista, todo son ilusiones, esperanzas y alegría, pero no se puede perder de vista que, a veces, el Gordo toca de verdad. Y entonces suelen venir los quebraderos de cabeza. Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se incide en estos consejos para evitar problemas a la hora de repartir un premio en caso de tener un décimo compartido.

En primer lugar, la OCU recuerda que décimo de Lotería es un documento al portador y, en principio, el premio lo recibe quien lo tiene en su poder. En la lotería compartida, basta con que el depositario del décimo lo fotocopie y entregue a cada participante una copia firmada (con el nombre y DNI del depositario) en la que se indique que tal persona juega en ese sorteo, a ese número, y en su caso, serie y fracción, una cantidad de euros determinada.

Cada vez es más frecuente enviar una foto del décimo por email o por aplicaciones como WhatsApp. Esto puede ser una prueba, siempre y cuando aparezcan los datos del depositario, los participantes y la participación de cada uno. No obstante, si la otra parte impugna esa prueba por considerar que se ha manipulado, habría que demostrarlo.

En pareja, también puede haber situaciones problemáticas y conviene saber que, si se trata de un matrimonio en gananciales, se reparte el 50% del premio para cada uno, mientras que si el régimen económico es de separación de bienes, el premio es del que lo ha comprado, salvo que se pueda acreditar que se ha comprado a medias.

En caso de pérdida o robo del décimo es fundamental denunciarlo ante la Policía Nacional o Guardia Civil del lugar donde ocurrió el hecho. En la denuncia se debe hacer constar el mayor número de datos posible y todas las circunstancias del hecho, aportar posibles pruebas, como fotos o fotocopias del décimo, identificando claramente el sorteo, número, y en su caso serie y fracción. Además, hay que comunicar por escrito el hecho al organismo Loterías y Apuestas del Estado. Con la denuncia es posible paralizar el pago hasta que el juez resuelva quién es el verdadero dueño.

La OCU ofrece estas seis claves para evitar problemas.

- Guardar los décimos y hacer fotocopias del anverso y del reverso.

- Si se comparten décimos, hacerlo constar por escrito o en un soporte duradero; las palabras, en caso de conflicto, no sirven como prueba.

- Si se encargan o intercambian décimos enteros, procurar recogerlos y pagarlos antes del sorteo.

- Si se pierde el número, denunciar en Comisaría y en Loterías y Apuestas del Estado.

- Si el décimo se estropea, por ejemplo, porque se cuela en la lavadora, hay que entregarlo a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que determinará si se puede cobrar el premio. Y si está muy irreconocible, será la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la que se pronuncie. En esos casos, no se debe intentar recomponerlo y es recomendable entregarlo en un sobre de plástico.

- En otros casos, los tribunales atienden a otras pruebas para dictar el abono del premio, por ejemplo, el hecho de que nadie lo reclame, el análisis de los fragmentos o el testimonio del vendedor.

Dónde y cómo cobrar el premio

A la hora de cobrar un premio compartido hay que identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación. Una vez hecho esto, los bancos pueden abonar el premio entero (después de descontar el importe por el cual se tributa) en la cuenta de la persona que ya es titular de una cuenta en ese banco y que después repartirá según lo convenido.

OCU recomienda no cobrar el premio solo una persona sin identificar a los otros participantes, ya que al repartirlo puede parecer que está donando el dinero, lo que obligaría al pago del impuesto de donaciones.

Si el premio es inferior a 2.000 euros, es posible cobrarlo en cualquier punto de venta de la red de Loterías. A partir de esa cifra se debe recoger en una de las entidades bancarias colaboradoras, que no podrán cobrar ninguna comisión ni exigir contraprestación.

En enero de 2013 entró en vigor un gravamen especial sobre loterías que obligaba a tributar por el 20% de los premios de importe superiores a 2.500 euros, quedando exentos de tributar los premios de importes inferiores. En 2018, ese mínimo exento se elevó de 2.500 a 10.000 euros, y este año 2019, el mínimo por el cual se tributa se ha elevado a 20.000 euros. A partir de 2020, quedará fijado en 40.000.

Por tanto, en el caso de la Lotería de Navidad, solo habrá que tributar si toca uno de los tres primeros premios, ya que solo éstos superan los 20.000 euros al décimo. En estos casos, aunque se juegue una pequeña cantidad y lo que corresponda sea menor de 20.000 euros, hay que pagar impuestos, porque la retención fiscal se aplica sobre el importe del premio que exceda de 20.000 euros al décimo. Esta retención se prorrateará entre las participaciones en la proporción correspondiente.

Si el décimo es compartido, hay que tener en cuenta que Hacienda retiene automáticamente el 20% del premio de la parte que exceda del mínimo exento de 20.000 euros y de 40.000 euros a partir de 2020 por cada décimo, no por cada persona agraciada. Es decir, se descuenta el impuesto y después se reparte la cantidad neta entre los partícipes. OCU recuerda que el premio no se declara en el IRPF, los rendimientos que genere, sí.

Etiquetas
stats