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Prohibir la venta de alcohol nocturna en las licorerías 24 horas: la propuesta de la FRAVM al Gobierno de Ayuso en la LIDER

Dos licorerías 24 horas junto a la plaza del Dos de Mayo, en el centro de Madrid

Diego Casado

13 de abril de 2026 12:44 h

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El enorme aumento de tiendas dedicadas a la venta de alcohol durante 24 horas, disfrazadas de comercios de conveniencia, ha llevado a las asociaciones vecinales de Madrid a pedir a la Comunidad que prohíba su venta durante la noche, a través de la próxima reforma de la Ley del Suelo. Lo ha anunciado la La Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) a través de un comunicado en el que explica otras reclamaciones sobre la modificación de esta normativa.

“Su actividad está generando serios problemas de convivencia vecinal, ruido, suciedad, botellones e inseguridad ciudadana” explica la FRAVM sobre estas licorerías, que han multiplicado su presencia en barrios del centro de Madrid, pero también en otros distritos periféricos. Los comerciantes de este tipo de establecimientos aprovechan un hueco legal para saltarse las restricciones a la Ley Antibotellón que sí que afectan a otros negocios de distribución alimentaria.

“Compiten de manera desleal con los establecimientos de hostelería y ocio nocturno, que están sometidos a una regulación mucho más estricta en materia de horarios, seguridad, insonorización y control”, advierte la FRAVM, que reclama introducir una disposición en la próxima Ley del Suelo que impida “la venta, suministro o distribución minorista de bebidas alcohólicas realizada a través de establecimientos de cualquier clase en los que no esté autorizado el consumo, la de carácter ambulante y la efectuada a distancia, cuando tengan lugar durante el horario nocturno”, entendido este por el “comprendido entre las 22.00 y las 8.00 del día siguiente”.

La reclamación llega después de las quejas en numerosos barrios de la capital por la inseguridad que generan estos establecimientos a su alrededor, por tratarse de puntos donde se fomenta el consumo de alcohol en vía pública y la organización de botellones.

Fin a las llamas junto a los comensales

La FRAVM también ha pedido cambiar otras partes del Anteproyecto de Ley de Impulso y Desarrollo Equilibrado de la Región (LIDER), la nueva ley del suelo de la Comunidad de Madrid. Entre ellas, la prohibición expresa de cualquier actividad que “permita el uso de llama viva, fuego abierto, dispositivos pirotécnicos, velas, bengalas, flameados o cualquier otro elemento que produzca combustión en las zonas cerradas accesibles al público en los establecimientos (..) salvo en cocinas, instalaciones industriales o equipos expresamente autorizados que cumplan la normativa de prevención de incendios y seguridad”.

Esta petición llega después de diversos sucesos trágicos ocurridos en establecimientos de ocio y restauración originados por la quema de bengalas o el flameado de platos junto a mesas de comensales. Uno de ellos provocó la muerte de tres personas en un restaurante de la glorieta de Manuel Becerra. “Aunque resulte increíble, este tipo de acciones aún se permiten en el interior de los negocios de hostelería de la Comunidad de Madrid”, explican desde la FRAVM.

Las asociaciones vecinales reclaman más control a los eventos a través de un reglamento, además mecanismos de coordinación interadministrativa y de participación a la hora de planificarlos en la región, que incluyan organismos metropolitanos y no solo del municipio organizador. La FRAVM propone la creación de una “Comisión Autonómica de Coordinación de Espectáculos Extraordinarios, como órgano colegiado adscrito a la consejería competente en materia de espectáculos públicos, que emitirá informe en los procedimientos de autorización de espectáculos extraordinarios”. Este órgano estaría integrado por Comunidad de Madrid, Federación Madrileña de Municipios, por ciudades con más de 20.000 habitantes, Delegación del Gobierno, organizaciones empresariales vinculadas al ocio, la hostelería y el turismo y la propia FRAVM.

Por último, las asociaciones vecinales critical el uso de la declaración responsable como mecanismo para iniciar actividades recreativas y hosteleras en zonas de protección acústica especial, reguladas contra el ruido excesivo.

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