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El Real Madrid pierde los parkings del Bernabéu: el Tribunal Supremo anula el concurso a medida que le otorgó Almeida

Vallas de obra en el entorno del estadio Santiago Bernabéu

Diego Casado

Madrid —
29 de junio de 2026 20:26 h

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El Real Madrid no podrá construir sus ansiados aparcamientos sobre suelo público junto al Santiago Bernabéu. El Tribunal Supremo acaba de inadmitir a trámite su recurso contra la anulación del concurso municipal que le adjudicó el Gobierno de Almeida, por lo que el club de fútbol se queda sin poder construirlos y sin los 45 años de explotación prevista.

La sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, que es definitiva, da la razón a la Asociación de Vecinos Perjudicados por el Bernabéu, que denunciaron la ilegalidad del concurso. Esta quedó aceptada en primera instancia con unas duras afirmaciones, entre ellas la falta de “interés público” en toda esta operación, que el Ayuntamiento había ejecutado a petición del Real Madrid.

Aquella sentencia consideró acreditado que hubo cambios relevantes en el estudio de viabilidad económico-financiera y estos no se sacaron a información pública, como era obligatorio. Los aparcamientos, además, son incompatibles con el propio Plan Especial del entorno, algo que ya pusieron de manifiesto los técnicos municipales del área de Desarrollo Urbano a través de un documento desvelado por Somos Madrid.

Ahora, el Supremo ratifica esta sentencia y la más reciente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que también otorgaba durante 45 años la gestión de forma privada de 10.000 m2 de espacio público junto al estadio, donde el club merengue iba a poder organizar eventos. A este concurso a medida junto al Bernabéu solo se presentó la empresa Madrid Estadio SL.

Según la providencia consultada por Somos Madrid, el Supremo considera insuficientes los argumentos del Real Madrid a la hora de hacer valer sus argumentos para que se estimara su recurso. También ratifica la legitimación de la asociación vecinal para plantear la demanda después de una “cumplida constatación”.

“En cuanto al fondo, la sentencia recurrida alcanza su conclusión en atención a la valoración de la prueba practicada, por lo que tampoco puede admitirse el recurso de casación en este punto”, añade antes de las anteriores consideraciones, por lo que inadmite el recurso e impone 2.000 euros en costas al Real Madrid.

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