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Navarra limitará el acceso a las máquinas de apuestas deportivas

Imagen de archivo de una salón de juegos y apuestas deportivas

Rodrigo Saiz

Pamplona —

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El Gobierno de Navarra ha presentado esta semana ante el Consejo del Juego el borrador de Decreto Foral por el que se aprobará el Reglamento General de los Juegos y Apuestas de Navarra con el que se regulará la apertura de locales de juegos de azar, así como el uso de máquinas de apuestas y la publicidad y patrocinios de empresas de este sector ante el aumento en los últimos años del número de apuestas realizadas, sobre todo entre los jóvenes, y los casos de ludopatía entre este sector de la sociedad.

Con el nuevo reglamento se busca poner coto a los salones de juego, de cuya proliferación llevan alertando tiempo las asociaciones de ayuda y prevención a la ludopatía, al igual del cada vez mayor número de jóvenes y menores de edad que acuden con frecuencia a estos locales. Así, el reglamento indica que no se podrán otorgar autorizaciones para instalar establecimientos específicos de juego a menos de 400 metros de centros públicos o privados de educación en que se impartan enseñanzas regladas a personas menores de edad, centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas, centros residenciales de personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, centros sanitarios, deportivos, culturales y recreativos y casas de la juventud. Al mismo tiempo, se establece una distancia mínima entre establecimientos de juegos y apuestas de al menos 400 metros, mientras que entre bingos será de 1.200 metros. 

En cuanto a horarios de funcionamiento, el reglamento establece el horario general de cierre para locales de apuestas deportivas a las 0:30 horas, para las salas de bingo a las 3:00 horas y para salones de juego a las 0:30 horas. Por su parte, el servicio de recepción o admisión deberá comprobar la información del usuario en cada uno de los accesos efectuados al local para comprobar si rebasan la mayoría de edad y si están incluidos o no en el Registro de Interdicciones, en el que se recogen los datos de aquellas personas que voluntariamente han pedido que se les excluya del acceso a estos locales. Para ello, el control deberá disponer de un sistema informático que permita la conexión con el citado registro y la comprobación de la mayoría de edad. 

En la zona de admisión deberán colocarse elementos de cartelería que indican en el riesgo de adicción derivado de prácticas abusivas de los juegos de apuestas así como los servicios a donde se puede acudir si se tiene un problema de ludopatía. 

Acceso a las máquinas de apuestas

Por otro lado, en locales de hostelería, las máquinas de apuestas deberán contar para su uso con los elementos técnicos que obligue al usuario, sin intervención de terceros, a identificarse de forma previa y obligatoria para la comprobación de su inclusión en el Registro de Interdicciones y su mayoría edad. Asimismo, estas máquinas deberán incorporar elementos técnicos que hagan que una vez finalizadas las partidas de juego y durante el tiempo en que no esté siendo utilizada permanecerá desactiva sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos.

Por último, la norma limita también la publicidad de este tipo de negocios. Se prohíben los anuncios de apuestas en cualquier actividad deportiva de Navarra que haya sido financiada con fondos públicos. A su vez, se impide en soportes situados a menos de 300 metros de centros educativos, deportivos, culturales, recreativos, sanitarios o locales de rehabilitación de personas con adicción al juego, problemas de salud mental graves o problemas de discapacidad, mientras que en los medios de comunicación no se permite en periódicos, revistas o cualquier medio de información navarros, así como en los centros de radio y televisión ubicados en la comunidad foral desde las 5:00 horas hasta las 1:00 horas del día siguiente. 

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