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Una sentencia considera improcedente el despido de dos trabajadoras de cocinas del Complejo Hospitalario

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Despido improcedente. Esa es la sentencia que ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) en torno a dos trabajadoras despedidas en enero de 2013 de las cocinas del Complejo Hospitalario de Navarra (CHN). Esta decisión obliga, según señaló ayer el sindicato Comisiones Obreras, a que el Servicio Navarro de Salud, Osasunbidea, las readmita en su puesto de trabajo, con el abono de los salarios que dejaron de percibir desde el día siguiente a la fecha del despido, o bien a indemnizarlas.

Esta sentencia del TSJN reafirma los pasos dados hasta la fecha en el Juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona, que el pasado 11 de febrero dictó dos sentencias, también de despido improcedente, en estos casos por la finalización de los contratos del personal de cocinas del Complejo Hospitalario como consecuencia de la privatización del servicio. Sin embargo, el Servicio Navarro de Salud recurrió esta decisión, mediante un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJN. Ahora, finalmente, ese recurso ha sido desestimado.

Desde Comisiones Obreras, cuya Asesoría Jurídica defendió a las trabajadoras durante el proceso, recordaron el jueves que, en esas sentencias anteriores, el juez valoró que en el contrato administrativo firmado por las demandantes para la atención de otras necesidades de personal (el conocido entre la plantilla como contratos estructurales) no se cumplieron los requisitos legales y reglamentarios debidos. Por ello, desde el sindicato consideraron a través de un comunicado que ha quedado probado que la contratación era “fraudulenta y, como tal, indefinida”.

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