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Declaran ilegales los contratos temporales de técnicos para atender a alumnos con necesidades educativas especiales

EUROPA PRESS

SANTANDER —

Esta práctica conlleva que los trabajadores sean contratados por un periodo máximo de seis meses y los alumnos con necesidades educativas especiales sean cuidados por dos profesionales distintos a lo largo del curso escolar.

La sentencia, que estima las demandas interpuestas por SIEP y UGT y se puede recurrir, condena a la administración a formalizar este tipo de contrataciones en próximos cursos escolares mediante contratos de interinidad, hasta la provisión reglamentaria de las oportunas vacantes.

El fallo, recogido por Europa Press, señala que la necesidad de contratar los servicios de estos técnicos es “regular y permanente” y se repite año tras año, por lo que no se trata de una “coyuntura especial o excepcional”, como alega la Consejería de Educación.

En este sentido, añade que el hecho de que este curso se haya incrementando esta necesidad y haya sido necesario celebrar más contratos que otros años, no justifica acogerse a una modalidad contractual que “no es la específica para este tipo de situaciones”.

El magistrado Pablo Rueda considera que la práctica de la administración regional con estas contrataciones “contraviene” el convenio colectivo; y “no resulta especialmente compatible” con el artículo 49 de la Constitución, que señala que “los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este

Título otorga a todos los ciudadanos“.

Además, añade que “se impide la promoción del personal laboral, puesto que estas plazas no serían nunca sacadas a concurso, ni ofrecidas a la promoción”.

SIEP señala que desde el año 2010, la Consejería de Educación ha dejado de cubrir los puestos de trabajo de técnico sociosanitario por los procedimientos regulados en convenio colectivo, y afirma que ha tratado de resolver por la vía administrativa esta situación que considera “inaceptable por las consecuencias que conlleva: inestabilidad para el alumno y el trabajador, lejos de la calidad que se precisa en un servicio de estas características”.

Según SIEP, Esta misma práctica se está utilizando en la contratación de fisioterapeutas, por curso escolar, lo que “impide continuidad en los tratamientos por los mismos profesionales y un claro incumplimiento de cobertura de puestos de trabajo”.

En un comunicado de prensa, el sindicato pide al consejero de Educación, Cultura y Deporte, Ramón Ruiz, “que si de verdad le importa la calidad en los centros educativos y los alumnos con necesidades educativas especiales, lo demuestre con hechos, cumpliendo esta sentencia y cubriendo los puestos de trabajo”.

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