Sí tienen derecho a bloquearte
Si en la red social X no existiera la posibilidad de bloqueo es probable que la hubiera abandonado hace tiempo. El alto nivel de acoso y violencia digital que sufren las personas con perfil público en redes sociales, especialmente si son mujeres, resultaría insufrible si no se pudiera elegir, con un gesto sencillísimo, con quién se quiere interactuar. Pero aunque no existiera ese nivel de odio, troleo y desinformación y todos fuéramos respetuosos, educados y reflexivos antes de escribir, también estaría a favor del bloqueo. Y Óscar Puente, Pablo Iglesias o Isabel Díaz Ayuso, por poner tres ejemplos de cargos o exaltos cargos públicos de gatillo fácil en redes, deben tener la misma posibilidad de elegir con quién interactúan en estos espacios, que no son el Congreso ni la Asamblea de Madrid, aunque las últimas sesiones de control nos den una impresión equivocada. Los sentimientos intensos nos enganchan, también en política, así como la falsa intimidad con los servidores públicos, y la economía de internet se aprovecha de ello. Pero no debemos confundir ciudadanía con patio digital. El bloqueo, lo practique quien lo practique, es solo una forma de distanciamiento, y no afecta a la libertad de expresión, que es el derecho a no ser atacado a causa de tus ideas, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el derecho de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
No hay ninguna duda sobre esta cuestión en España, ni por supuesto nos afecta la reciente sentencia del Tribunal Supremo de EEUU sobre James Freed, City Manager (un cargo que se correspondería a un administrador público o gerente local) de Port Huron, una ciudad de 30.000 habitantes de Míchigan. Los nueve jueces del Supremo americano han dictado esta semana dos sentencias en las que, por unanimidad, señalan que un cargo público puede bloquear a sus seguidores si hace un uso personal de la cuenta, pero no si ejerce en ella su autoridad. Los límites entre un uso y otro casi nunca estarían claros en la vida real, pero el problema de fondo no se entiende si no se explica que el Tribunal Supremo, los legisladores y las redes sociales americanas están envueltos en un conflicto sobre el derecho a la moderación de contenidos que tienen las plataformas. El verdadero debate es si las redes sociales se consideran operadores telefónicos o medios de comunicación. Si Facebook o X se consideran operadores, estarían obligadas a prestar servicios sin discriminar a usuarios por sus publicaciones, aunque estas pudieran considerarse extremistas, delitos de odio o fueran muy sensibles o violentas. Si las plataformas tecnológicas se consideran medios, tendrían, como hasta ahora, discreción editorial para decidir lo que se publica y lo que no.
El origen del conflicto es el relato conservador de que las redes sociales quieren silenciar sus voces más ultras y que la gente tiene derecho a decir las cosas más terribles no ya sin consecuencias legales, algo que todos podemos defender, sin ningún límite y a través de cualquier canal. Los tres miembros más conservadores del Supremo de EEUU (los jueces Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch) han dicho en varias ocasiones que la “moderación de contenido” es un eufemismo para referirse a la censura. Con un supuesto ataque a la libertad de expresión, tribunales y legisladores entierran el verdadero problema, que es el uso de los datos de los usuarios, las invasiones de la privacidad y la incitación a la violencia. Las soluciones provendrán de una combinación de enfoques tecnológicos, legales y culturales que permitan un mejor sistema de control sobre los datos que son legítima y moralmente nuestros, y que aborden también la cuestiones derivadas de la desinformación y del tipo de contenidos que consumimos. Y en ese debate no se hablará, ni de refilón, de los legítimos bloqueos de Óscar Puente en redes sociales.
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