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Abogado del TJUE dice que el límite de edad de acceso a la Ertzaintza se ajusta al derecho

Abogado del TJUE dice que el límite de edad de acceso a la Ertzaintza se ajusta al derecho

EFE

Bruselas —

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El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Paolo Mengozzi afirmó hoy que el límite de edad de acceso a la Ertzaintza, de 35 años, para garantizar su buen funcionamiento, es compatible con la directiva sobre la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.

La directiva para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, “no se opone” a esta disposición “en la medida en que este límite sea estrictamente necesario para restablecer una estructura de edades que ya no suponga un riesgo para el carácter operativo y el buen funcionamiento de los servicios de dicha Policía”, explicó el abogado general de la corte de Luxemburgo.

“El objetivo de mantener el carácter operativo y el buen funcionamiento de la Ertzaintza exige que se restablezca una cierta estructura de edad, de modo que la posesión de las capacidades físicas específicas no debe entenderse de manera estática, únicamente en el instante de la oposición, sino teniendo en cuenta también los años de servicio posteriores a la oposición”, subrayó.

El caso surgió por un recurso presentado por un aspirante a ingresar en la policía vasca que fue excluido cautelarmente del proceso selectivo por haber superado la edad máxima prevista en las bases, 35 años.

El demandante pidió que este límite se retirara de las bases de la convocatoria de la fase de selección de la Ertzaintza, al estimar que resulta “arbitrario y carente de justificación”.

La Administración vasca argumentó entonces que la limitación responde a un criterio “razonable y objetivo”, y avisó de que “en pocos años habrá un envejecimiento de la plantilla, lo que exige que se planifique un reemplazo progresivo y la incorporación de personal de nuevo ingreso”.

El Superior vasco señaló que cuerpos de policía de otros países como Estados Unidos, Reino Unido, Israel, Suecia, Dinamarca, Finlandia, Noruega y Nueva Zelanda, no fijan una edad máxima de ingreso, por lo que solicitó a la corte europea que estableciera un criterio jurisprudencial al respecto.

Aunque no son vinculantes, las conclusiones del abogado general sí suelen marcar el camino que sigue el tribunal en su sentencia.

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