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La Audiencia rechaza el recurso del fiscal y concluye la instrucción del caso Emarsa

La Audiencia rechaza el recurso del fiscal y concluye la instrucción del caso Emarsa

EFE

Valencia —

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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado un recurso de la Fiscalía en el que reclamaba el procesamiento de un nuevo empresario en el caso Emarsa y ha dado por concluida, después de seis años, la instrucción de esta macrocausa, que queda así lista para ser enjuiciada.

La macrocausa judicial de Emarsa, sobre el supuesto saqueo de al menos 23 millones de euros de la empresa pública encargada de la depuradora de Pinedo (Valencia), se encontraba a la espera de la resolución de este recurso, del que dependía que se pudiese señalar una nueva fecha de juicio o se devolviese la causa a una fase previa de instrucción.

En este caso están acusados por delitos de malversación de caudales públicos, cohecho, blanqueo, prevaricación administrativa y falsedad en documento mercantil exdirectivos de empresas públicas y varios empresarios.

Según consta en un auto al que ha tenido acceso EFE, la Fiscalía reclamó el procesamiento del empresario Joan Borrás tras la declaración de uno de los considerados responsables de la trama corrupta, Jorge Ignacio Roca, que fue detenido en Moldavia cuando ya se había marcado fecha para la celebración del juicio.

Roca, el único encarcelado de esta supuesta trama, explicó que fue Borrás, un empresario con quien compartía inversiones en fosas sépticas, quien le propuso gestionar los lodos de Emarsa y le puso en contacto con la depuradora de Pinedo (Valencia).

A la petición del Ministerio Público, que ahora ha sido denegada, se adhirió la Abogacía de la Generalitat y la representación legal del PSPV-PSOE, personado como acusación particular.

“En síntesis -según la Audiencia- lo que se pedía es que se ordenase al juzgado instructor que continuase con la instrucción más allá de lo que le fue ordenado por la sección primera cuando, iniciada la vista oral, las partes interesaron la suspensión al haberse conocido la detención de Roca”.

La Audiencia justifica su decisión en que la Fiscalía no recurrió el auto de 3 de junio de 2014 por el que se transformaban las diligencias previas en procedimiento abreviado e imputaba a Roca en rebeldía.

Entiende la Audiencia que el auto de ampliación de las actuaciones respecto a Roca de 6 de julio de 2016 no puede ser contemplado de forma desconexa del de 3 de junio de 2014, sino que “es el mismo auto”.

Asimismo, insiste en que “no era un desconocido el tal Borrás, ni sus empresas, para la instrucción” y cita la “minuciosa exposición contenida en el recurso del Ministerio Fiscal” para concluir que “se tenía una jugosa información de las relaciones de las empresas de Borrás con Emarsa”.

En definitiva, “había indicios sobradamente conocidos para envolver a Borrás en el proceso”, concluye la Audiencia, que además considera que los indicios respecto a otros procesados “son bastante más tibios y ligeros que los que tenía el Ministerio Fiscal de las relaciones de Borrás con la trama”.

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