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UPyD pide expulsar al FROB de la causa por no actuar “ni remotamente” como una acusación

EUROPA PRESS

MADRID —

Unión, Progreso y Democracia (UPyD), que ejerce la acusación popular en la causa en la que se investiga la fusión y salida a Bolsa de Bankia, ha pedido la expulsión del procedimiento del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), dependiente del Ministerio de Economía, por no haber actuado “ni remotamente” como una acusación.

En un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, esta parte solicita al juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu que acuerde la “revocación” de la condición de acusación particular como perjudicado que ejerce el FROB y ejecute “las actuaciones necesarias para expulsar” a este organismo de la causa.

La formación magenta, que recuerda que este organismo se opuso a la imposición de una fianza civil de 800 millones de euros a Bankia, su matriz y otros cuatro acusados, recuerda que la existencia de la acusación particular se fundamenta en la posibilidad de que “la víctima exija a la autoridad pública que se desarrolle a un proceso dirigido al culpable” y pueda “participar en dicho proceso”.

“Es obvio que la legitimación, el ejercicio de la acusación particular, debe corresponder, según la ley, al ofendido o perjudicado, titular del bien jurídico protegido y debe utilizarse para su legítima finalidad y no para otras inconfesables”, señala UPyD.

ABOGADO PRIVADO PARA DESVIRTUAR EL DELITO

Según esta formación, en este procedimiento “una entidad de derecho público supuestamente perjudicada por unos eventuales hechos delictivos”, en referencia al FROB, se dedica “bajo una representación letrada privada (no la del Abogado del Estado) a intentar desvirtuar los indicios delictivos, alineándose cuando tiene la ocasión con las tesis de los propios imputados”.

En este sentido, UPyD lamenta que no haya podido pronunciarse sobre las fianzas civiles por su condición de acusación popular mientras que al FROB, que “en ningún momento ha actuado como acusador particular, se le permita aprovecharse de su situación para dificultar la consecución de los legítimos intereses de las víctimas de los delitos que se investigan”.

Durante los tres años que ha durado la instrucción, según esta parte, el letrado del FROB no ha hecho “el menor esfuerzo por cuantificar el perjuicio que supuestamente ha sufrido”, no ha llevado “ningún tipo de actuación procesal dirigida a la práctica de diligencias a fin de impulsar la investigación” y ha intentado “limitar o constreñir la instrucción oponiéndose a peticiones o diligencias de investigación solicitadas por las acusaciones y cuestionando los indicios delictivos que dieron lugar a su apertura”.

“La actuación de un acusador particular no puede subvertirse ni pervertirse hasta el punto de utilizarse para defender los intereses de los imputados. Y tampoco puede disfrazarse esa actividad de una suerte de defensa de la legalidad, pues precisamente para eso está el Ministerio Público”, señala la formación de Rosa Díez.

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