Falsos agentes del CNI y millones de dinares iraquíes en una extorsión que termina en condenas mínimas

Alberto Pozas

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Un miércoles de abril de 2013, un inspector de trabajo de Málaga recibió en su despacho a un agente del mismísimo Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Con una placa que le acreditaba como miembro de la sección de contraespionaje, le dijo que venía de “La Casa” e intentó sonsacarle información sobre un expediente abierto a una empresa de mantenimiento de calderas. A la salida le esperaba la Guardia Civil: ni era espía ni su acreditación era verdadera, sino que formaba parte de un grupo de extorsionadores que se hacían pasar por agentes del Estado para conseguir información y asustar a empresarios. Un caso bautizado como el de los 'tres reyes', por tres de los acusados, que el Tribunal Supremo acaba de zanjar con multas para dos imputados y condenas mínimas de un año de cárcel para los otros dos.

El caso estalló en 2013 pero, para entonces, estos falsos agentes del CNI llevaban al menos un año utilizando sus placas y uniformes por distintos puntos de Andalucía para conseguir lo que querían. Su primera víctima en Almería fue un hombre que afirmaba tener en su poder 128 millones de dinares iraquíes que quería vender. Primero le dijeron que eran de un “importante grupo del Gobierno” y que le ayudarían a vender el dinero en Estados Unidos, pero que para eso tenía que abrir una cuenta en Suiza.

El hombre se negó y en la siguiente reunión, en una cafetería de la localidad almeriense de Aguadulce, dos de los acusados sacaron las placas del CNI, le dijeron que eran capitanes del Ejército y que si no les daba 200.000 euros en metálico sería detenido. Fue el primero, aunque no el único, en ver esas placas falsas y pensar que eran verdaderas, aunque no les dio el dinero.

El segundo episodio tuvo lugar en la región de Murcia, en pleno conflicto entre dos familias por motivos empresariales. Los falsos agentes del CNI decidieron tomar partido y contactaron con el sobrino de uno de ellos y lanzando la misma amenaza: “Con una sola llamada te metemos en la cárcel”. Llegaron a exigir seis millones de euros a las víctimas, repitieron varias veces que eran de “La Casa”, término usado para hablar del CNI.

El tercer episodio, unos meses más tarde, llevó a los falsos espías a otro conflicto entre familias y empresas. En ese caso, en una reunión en Almería, uno de los acusados afirmó a su víctima que “sabía que sus negocios eran ilegales”. En reuniones posteriores, exigieron hasta cuatro millones de euros, volvieron a sacar a pasear el nombre de “La Casa” y afirmaron que podían hacer prosperar una querella que había sido interpuesta contra ellos. “He movido a los jueces de Purchena”, llegaron a decir.

Todas sus víctimas pensaron que, efectivamente, el servicio español de espionaje había llamado a su puerta, pero ninguno soltó ni un solo euro. Todo terminó cuando, en abril de 2013, dos de los falsos agentes del CNI acudieron al despacho de un inspector de trabajo de Málaga con sus placas, carteras y tarjetas de identificación a solicitar información sobre un expediente abierto a un empresario al que habían prometido ayudar. En la puerta les esperaba la Guardia Civil.

En los registros, los investigadores descubrieron que algunos de los acusados llevaban tiempo haciéndose pasar por espías de un Centro Nacional de Inteligencia que jamás habían pisado. Placas falsas del Estado Mayor de la Defensa, emblemas falsos, e incluso uniformes militares del Ejército de Tierra con divisas de capitán. Porque uno de ellos también se presentaba como alto mando de las Fuerzas Armadas para impresionar a sus objetivos.

Placas falsas, pero no públicas

El caso arrancó bordeando la macro causa con siete personas sentadas en el banquillo y la Fiscalía pidiendo condenas altas no sólo por delitos de usurpación sino también por falsedad documental, extorsión y organización criminal. Muchos de los acusados fueron absueltos ya en primera instancia porque, según los jueces, eran los únicos beneficiados posibles por estas incursiones de los falsos agentes del CNI pero no sabían qué métodos ilegales iban a utilizar para intentar arreglar sus problemas.

La Audiencia de Almería les exoneró de haber formado una organización criminal pero condenó a dos de ellos a 17 meses de cárcel por extorsión, a tres años de cárcel a otro por extorsión y falsedad en documento público en concurso medial con usurpación de funciones públicas y, por estos mismos delitos, a dos años y siete meses a un cuarto condenado. Estas dos últimas condenas hubieran supuesto el ingreso en prisión.

El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que avala la investigación policial y judicial que terminó con la detención de los cabecillas del caso 'tres reyes', pero ha introducido rebajas drásticas en sus condenas. En el caso de los dos condenados por falsificar la documentación del CNI, porque entienden que efectivamente se hicieron pasar por espías de forma ilegal pero que en ningún caso falsificaron un documento público sino uno privado.

Estos dos falsos agentes del contraespionaje son condenados, finalmente, por un delito de amenazas condicionales en concurso con otro de falsedad en documento privado, y tras aplicar una atenuante de dilaciones indebidas sus condenas quedan en un año de prisión. Los otros dos condenados ven su sentencia firme mantenida en los 17 meses de cárcel pero por amenazas condicionales y no por extorsión.

El Supremo entiende que no hay pruebas de que falsificaran un documento público: “Se omite toda información descriptiva sobre las características de los documentos no correspondientes con los oficiales. Sobre el grado de idoneidad para hacerse pasar por verdaderos en el concreto sector del tráfico donde estos por lo normal operan”. Se hicieron pasar por agentes del CNI pero no hay pruebas de que esas falsas placas fueran suficiente para conseguirlo. La “imprecisión fáctica” de la sentencia de la Audiencia de Almería lleva al Supremo a rebajar este delito y a eliminar el de usurpación de funciones públicas.

Otro de los reproches de la sentencia, aunque sin consecuencias en el fallo, tiene que ver con el tiempo en que la causa estuvo bajo secreto de sumario. Varias prórrogas dictadas por el juzgado de instrucción no cumplieron “el programa de condiciones”. Dos de ellas, por ejemplo, “no identifican ninguna razón material que puedan justificar lo que se ordena” y “los autos carecen de toda ponderación de los intereses en juego. Hasta el punto de desconocerse los presupuestos fácticos de la propia decisión que se acuerda y la concreta finalidad que la justifica”.

Recuerda el Tribunal Supremo que la decisión de poner una investigación bajo secreto de sumario, sin que los propios investigados sepan que hay una causa en marcha contra ellos, “no puede fundarse solo en procurar una suerte de espacio blindado a la interferencia defensiva de las personas investigadas. No es suficiente la mera utilidad o ventaja inquisitiva que puede derivarse de la no intervención de la defensa de los investigados en la práctica de determinadas diligencias instructoras”.