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¿Investidura o bloqueo? Así es el calendario a partir de ahora

El presidente del Gobierno interviene en un Pleno del Congreso de los Diputados

elDiario.es

24 de julio de 2023 01:11 h

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El escenario electoral que dejan las urnas después de los comicios de este 23 de julio apuntan a un bloqueo que pueda terminar en una repetición electoral, como pasó en las dos últimas convocatorias electorales –2015/2016 y 2019–. Ni PSOE –sin el concurso de Junts– ni PP –sin previsibles apoyos suficientes para cogobernar con Vox– parecen sumar suficiente para alcanzar la mayoría de diputados necesaria para formar gobierno y ahora la pregunta es cuándo serán unas posibles nuevas elecciones generales. Recopilamos aquí las fechas más importantes a partir de ahora:

17 de agosto, constitución del Congreso y el Senado. Esta será la fecha en la que los diputados y senadores que resulten elegidos en las elecciones de este domingo tomen posesión de sus escaños. Es también la fecha en la que se constituyen las cámaras del Congreso y el Senado con sendas sesiones plenarias que abrirán la decimoquinta Legislatura de la democracia, a partir de las 10 de la mañana. 

Primeros pactos de la Legislatura. Son los que servirán para decidir quién ocupa la presidencia de cada una de las Cámaras, tanto la Mesa del Congreso como la del Senado. La Presidencia de la Mesa la ocupará el senador o diputado que obtenga el voto de la mayoría absoluta en una votación secreta y en urna. Si en la primera vuelta no hay aspirante que logre esa dicha mayoría, se repetirá la votación entre los dos con más apoyos y se hará con el puesto quien obtenga más votos (mayoría simple).

21 de agosto: tras ser informado de la composición del Congreso, lo previsible es que el Jefe del Estado convoque en Zarzuela la semana que empieza el lunes 21 de agosto a los representantes de todas las formaciones con presencia en el Congreso para decidir a quién encarga someterse a la Sesión de Investidura.

24 de agosto, la constitución de los grupos parlamentarios. Las Mesas de cada Cámara se reunirán una vez levantada la primera sesión para formalizar la creación de los grupos parlamentarios, que deberán estar creados en los cinco días siguientes, en principio, el 23 de agosto. Para tener grupo propio hay que contar con al menos 15 escaños o sumar cinco diputados y obtener el 5% de los votos en todo el país, o bien el 15% en todas las circunscripciones en las que se concurre.

Primera semana de septiembre: Si los resultados electorales hubieran ofrecido una mayoría clara o un acuerdo suficiente entre varias fuerzas políticas, como muy pronto el debate de investidura podría celebrarse a finales de agosto o, más posible, la primera semana de septiembre.

En ese caso, sería investido presidente aquel candidato que consiga la confianza del Congreso por alguna de estas dos vías: en la primera votación sumando la mayoría absoluta (176 diputados) o, en una segunda oportunidad, 48 horas después, logrando más votos a favor que en contra. En esta segunda votación, las abstenciones pueden ser claves.

¿Y si no hay acuerdo?

La fecha de esa primera votación de investidura condiciona el calendario en caso de una repetición electoral, ya que, en caso de bloqueo, las Cortes se disolverán al cumplirse dos meses de esa fecha para celebrar elecciones 47 días después.

A partir de la votación, se abren dos escenarios:

a) Gobierno en septiembre: Si se ha logrado la investidura al primer intento, el nuevo presidente podría tomar posesión el 8 de septiembre y ya nombrar de inmediato a sus ministros. Con un Ejecutivo ya en el banco azul se podrá celebrar la Sesión Solemne de Apertura de Legislatura, presidida por el Rey, lo que no se espera hasta octubre.

b) ¿Elecciones repetidas en Navidades? Si no se ha logrado la investidura en ese debate, tras la primera votación fallida comienza a contar un plazo de dos meses para posibles nuevos intentos. Eso implica que, si hay un fracaso a principios de octubre –como ocurrió con las fallidas investiduras de Pedro Sánchez en marzo de 2016 y julio de 2019–, y si no se logra una alternativa viable en los dos meses posteriores, habría que disolver las Cortes nuevamente en noviembre y celebrar elecciones a los 47 días, o sea en fechas navideñas.

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