Un juez condena a Belarra a pagar 9.000 euros a García Castellón por llamarle corrupto y prevaricador
El Juzgado de Primera Instancia Número 45 de Madrid ha condenado a la secretaria general y diputada de Podemos, Ione Belarra, a pagar 9.000 euros de indemnización al exmagistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón por llamarle “corrupto” y prevaricador.
Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, después de que García Castellón demandara a Belarra tras esas palabras que vertió en redes sociales y que “constituyen una intromisión ilegítima del derecho al honor” del magistrado jubilado. También la condena a que difunda el contenido de la sentencia en su perfil de la red social X “en la que se produjo la intromisión en el derecho al honor, o en otro medio con semejantes características”.
García Castellón denunció un “daño moral” por esas declaraciones y reclamó ser indemnizado por Belarra con 350.000 euros o la cantidad que “tenga a bien fijar el juzgado teniendo en cuenta los antecedentes de la demanda, dada la gravedad de la lesión producida y la amplia divulgación de la misma”.
Para el antiguo instructor de la Audiencia Nacional, no cabía duda de que “las expresiones empleadas por la señora Belarra carecen de un interés general legítimo y resultan ultrajantes y ofensivas”. Además, recordó que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ya fijó que la libertad de expresión, “aunque tiene un ámbito amplio de protección, no es ilimitada”.
Belarra, por su parte, defendió públicamente que los calificativos que empleó son propios del ejercicio inherente a su condición de diputada, dentro de su libertad parlamentaria para valorar la actuación de García Castellón.
García Castellón presentó en un primer momento su demanda ante el Tribunal Supremo, que determinó que no es el órgano competente para dirimirla porque las palabras que dirigió Belarra —aforada ante el alto tribunal por su condición de diputada— en redes no las profirió “en el ejercicio de su cargo”.
La Sala de lo Civil del Supremo señaló que la competencia correspondía a los juzgados de primera instancia y dejó en manos de García Castellón impulsar el caso en los mismos. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid.
37