El juez da cinco días a Julio Iglesias y sus denunciantes para que aleguen si la Audiencia Nacional es quien debe investigar al cantante
El juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña ya tiene sobre su mesa el informe del fiscal Vicente González Mota en el que informa de que este tribunal especial sí es competente para investigar al cantante Julio Iglesias por delitos de agresión sexual. Ahora, y antes de pronunciarse sobre si investiga en su juzgado el asunto, ha dado traslado tanto a la representación legal del cantante como a las letradas de las extrabajadoras que se han querellado contra él para que se posicionen también sobre esa competencia. La providencia dictada por el juez da cinco días para presentar esas alegaciones y, según fuentes jurídicas consultadas por elDiario.es, es previsible que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 decidirá si abre diligencias de investigación.
Fue este miércoles cuando trascendió que la Fiscalía cambiaba de criterio y sostenía ahora que la Audiencia Nacional sí era competente para investigar la querella por agresión sexual presentada contra el cantante Julio Iglesias por las dos extrabajadoras de sus mansiones del Caribe. Si la denuncia previa presentada ante la Fiscalía, el asunto recayó en la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez -que rechazó la competencia- en este caso la querella correspondió por reparto al fiscal Vicente González Mota.
Antes de que el informe llegara al juez Piña fue supervisado por un superior, en este caso por la fiscal de Sala Coordinadora de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía General del Estado, Beatriz Sánchez Álvarez. Esta fiscal ha respaldado el criterio de González Mota, que considera que los tribunales españoles sí son competentes para analizar los hechos denunciados por las dos trabajadoras.
La querella de Rebeca y Laura (nombres ficticios para proteger su identidad), que trabajaron en las mansiones de Iglesias en República Dominicana y Bahamas en 2021, acusa al cantante de varios delitos: trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado y servidumbre, varios delitos contra la libertad sexual y contra los derechos de los trabajadores por la imposición de condiciones abusivas, lesiones y trato vejatorio.
La denuncia previa presentada ante la Fiscalía fue archivada diez días después de anunciar la apertura de diligencias y sin entrar al fondo del asunto. La fiscal Durántez consideró que los tribunales españoles carecían de jurisdicción para examinar el caso dado que los hechos ocurrieron en el extranjero y no se daban los “vínculos” territoriales ni personales que exige la ley para que la Justicia española pudiera intervenir.
Tras otorgarles la condición de testigos protegidos y tomarles declaración, la fiscal Durántez concluyó que las extrabajadoras no son españolas, “ni viajaron con el denunciado en algún momento a España”, por lo que no había “vínculo personal o territorial con nuestro país”. Respecto al artista, afirmó que “ni reside en España, ni mantiene en este país su centro de vida, intereses, actividad” a pesar de que tiene nacionalidad española y mantiene aquí propiedades inmobiliarias. El caso nunca llegó a estar en un juzgado: ahora será el juez Piña quien decida si España tiene competencia para investigarlo o no.
La querella presentada por Women's Link, la organización que representa a ambas trabajadoras, incluye el mismo relato de hechos y la misma calificación de delitos que ya se presentaba en la denuncia ante la Fiscalía, aunque con un añadido: un delito de trato degradante. El texto recoge también una amplia recopilación de jurisprudencia para reforzar la tesis de que la Justicia española sí es competente para indagar estos hechos.