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Jueces y fiscales critican la renuncia del Gobierno a derogar los plazos de las investigaciones penales: “Seguirá habiendo riesgo de impunidad”

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, durante su intervención esta semana en el Senado.

Elena Herrera

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Las asociaciones de jueces y fiscales no han quedado conformes con cómo quedan los plazos de las investigaciones penales en la nueva redacción del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que aprobó recientemente el Congreso. La reforma, que todavía debe pasar por el Senado, elimina el plazo de seis meses con un tope de 36 meses para las causas complejas que introdujo el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015 y establece una instrucción ordinaria de 12 meses que será prorrogable de forma indefinida a propuesta del juez instructor. En la actualidad eran los fiscales los encargados de solicitar esas prórrogas. El texto es una proposición de Unidas Podemos que contó con el respaldo de todos los grupos salvo PP y Vox.

Las asociaciones, que piden la derogación total del artículo, sí admiten que la reforma incluye mejoras respecto a la situación actual. Sus portavoces citan el hecho de que sean los jueces y no los fiscales los encargados de proponer las prórrogas o que la instrucción ordinaria sea de un año en lugar de seis meses. Pero critican que no vaya acompañada de una dotación de medios materiales y profesionales en una administración que arrastra una situación endémica de saturación y escasa financiación.

“Nos da más margen porque lo que antes tenías que hacer en seis meses ahora lo puedes hacer en doce, pero ese tiempo puede que se nos siga quedando corto si no hay más medios”, señala la jueza María Jesús del Barco, portavoz de la mayoritaria y conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).

Además, algunos colectivos creen que sigue habiendo “riesgo de impunidad” porque la saturación de muchos juzgados complica la tarea de llevar un control exhaustivo de la gestión de todos los sumarios, lo que puede dificultar que las prórrogas que requieren las investigaciones más complejas —corrupción, crimen organizado— se pidan en plazo. “En los juzgados con gran carga de trabajo y equipos poco estables, que son la mayoría, es imposible llevar un control exhaustivo del control de los plazos”, asegura el juez Jorge Fernández Vaquero, titular de un juzgado de Violencia contra la Mujer en Jerez de la Frontera (Cádiz) y portavoz de la Asociación Francisco de Vitoria.

“Necesitamos los medios adecuados para hacer investigaciones rigurosas en el menor tiempo posible”, dice la fiscal Teresa Peramato, portavoz de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), que cree que sería necesaria una herramienta digital que sirvieran llevar un control sobre los plazos. “Lógicamente si tienes mil asuntos los controlas peor que si tienes 500”, añade Del Barco, que pone el foco en la saturación que tienen muchos organismos encargados de hacer diligencias de investigación para los juzgados como la Guardia Civil o Hacienda.

“No es la reforma que resuelve el problema. El riesgo de impunidad sigue ahí. Los plazos de investigación no pueden extenderse hasta el infinito. Pero la solución tampoco es imponer unos plazos fijos, ni siquiera prorrogables, que acorten las posibilidades de una investigación exhaustiva, efectiva y coherente con la naturaleza del hecho que se investiga”, añade Peramato, que preside el colectivo al que estuvo asociada la actual fiscal general del Estado y exministra, Dolores Delgado.

“Problema añadido”

Esta fiscal cree que esta reforma crea incluso un “problema añadido” con su artículo tercero, que establece que si se acuerdan diligencias sin haber acordado la prórroga o si luego esta se revoca, estas diligencias devienen nulas. Es decir, como si nunca hubieran existido. “No puede ser que diligencias de investigación ordenadas por un juez y de las que se pueden derivar hechos que pueden determinar un delito distinto al que se había determinado hasta ese momento puedan devenir nulas”, sostiene.

Con la nueva redacción del artículo, la instrucción ordinaria durará 12 meses y el juez podrá decretar, de oficio o a petición de la partes, sucesivas e indefinidas prórrogas de seis meses. Para ello deberá escuchar a las partes, aunque no necesariamente contar con su aprobación. Esta cuestión también inquieta a Vaquero, de la Francisco de Vitoria, que cree que se abre la puerta a posibles nulidades si el juez prorroga una instrucción con la oposición de las partes. “Crea inseguridad jurídica”, asegura.

La presidenta de la UPF, por su parte, cuestiona también que la introducción de los plazos procesales de investigación no ha tenido en cuenta el plazo de prescripción de los delitos, que ha ido agravándose en las últimas reformas del Código Penal. “Si tenemos períodos de prescripción de cinco, diez o quince años… ¿Por qué los períodos de instrucción son inferiores? ¿Por qué no podemos investigar un hecho hasta el límite de la prescripción? Es una incongruencia”, apunta.

Derogación completa

El PSOE y Unidas Podemos renuncian con esta reforma a una derogación completa del artículo 324 de la LECrim, tal y como formularon ambos grupos en sendas proposiciones de ley (aquí y aquí) presentadas en el Congreso a principios de año y como venían planteando desde 2015. En el acuerdo del Gobierno de coalición, no obstante, las formaciones que lideran Pedro Sánchez y Pablo Iglesias ya planteaban otro escenario: “Sustituiremos el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, eliminando el plazo máximo de instrucción por ser una limitación para la lucha contra la corrupción”.

Ese plazo máximo se elimina con esta ley que, si se aprueba definitivamente, será la primera de la legislatura. La reforma del PP establecía una instrucción ordinaria de seis meses, prorrogable en causas complejas a 18 y, excepcionalmente, a otros 18, pero solo cuando lo pidiera la Fiscalía. Se trata de una medida que en estos años ha impedido que concluyera la investigación de importantes casos de corrupción.

El expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez fue uno de los beneficiados por este cambio legal que introdujo su partido. Una de las tres causas que tenía abiertas, el caso Pasarela, se cerró porque se superaron los plazos de instrucción, y aunque la Fiscalía trató de evitarlo, finalmente la justicia archivó el caso. Sánchez se enfrentaba a una pena de cuatro años de prisión.

La norma ha obligado también a cerrar otros casos, como el de los contratos fraudulentos de la Alhambra –donde había 28 imputados–, el sumario Emucesa o una investigación contra ACS. También ha provocado que se cierren investigaciones sobre ETA, como el caso del asesinato del que fuera presidente del PP de Aragón Manuel Giménez Abad.

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