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ENTREVISTA Directora del Instituto de las Mujeres

Toni Morillas: “Esperamos que antes de acabar la legislatura se apruebe la bajada del IVA a los productos menstruales”

Antonia Morillas González, directora del Instituto de las Mujeres, durante la entrevista con elDiario.es.

Ana Requena Aguilar

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El debate sobre las bajas por menstruaciones dolorosas lleva días en la conversación política, en la calle, en los medios de comunicación, en las redes sociales. La salud menstrual es uno de los pilares de la reforma de la Ley del Aborto, que este martes aprobaba el Consejo de Ministros y que amplía los derechos sexuales y reproductivos en nuestro país. Toni Morillas (Jaén, 1982), directora del Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad que encabeza Irene Montero, ha sido una de las personas que ha liderado las negociaciones entre ministerios y también el proceso de diálogo con organizaciones de mujeres, clínicas, profesionales de la salud, colegios médicos y activistas.

La norma busca garantizar la prestación del aborto en la sanidad pública, regula la objeción de conciencia del profesional sanitario, devuelve el derecho a las menores de 16 y 17 años sin consentimiento paterno, y elimina el periodo de reflexión de tres días. Pero también añade un capítulo pionero sobre salud menstrual que, sin embargo, no incluye la bajada del IVA a los productos para la regla.

El texto que aprobó este martes el Consejo de Ministros señala que los centros sanitarios en los que se practiquen abortos “proporcionarán el método quirúrgico y/o farmacológico de acuerdo a los requisitos sanitarios de cada uno de los métodos y centros”. Expresado de esta manera, ¿de qué forma se va a garantizar que las mujeres puedan elegir el método para su aborto?

Lo que se pone en el centro en el texto es, precisamente, la capacidad de decidir de la mujer. Por tanto, cuando una mujer acuda a un centro sanitario, podrá decidir si accede al método quirúrgico o al método farmacológico y en función de esto se le derivará al centro en el que se pueda facilitar el método que ella elija. Como hemos incorporado el criterio de proximidad al domicilio de la mujer, esto garantiza que en cualquier caso, elija el método farmacológico o el método quirúrgico, se dará en unas condiciones de proximidad al domicilio.

Habrá un registro de médicos objetores y cada comunidad tendrá que organizar al personal para garantizar el aborto

Uno de los grandes obstáculos que queríamos abordar cuando nos pusimos a elaborar la ley era cómo resolver esto que ha estado sucediendo durante 30 años, que es que hay territorios, provincias, comunidades autónomas donde no se realiza la interrupción voluntaria del embarazo. La manera en la que se resuelve es con el criterio de proximidad al domicilio y garantizando en todo caso que la mujer es la que decide si quiere que su aborto sea a través de un método u otro.

La reforma regula la objeción de conciencia mediante los registros de objetores. Los servicios de cada comunidad se van a tener que organizar para garantizar que siempre haya personal que practique abortos. ¿Estiman que esto suponga la incorporación de más personal?

No necesariamente, porque lo que estamos planteando es que haya un registro de objetores en cada comunidad autónoma y, a partir de ahí, cada consejería de Sanidad en cada comunidad tendrá que organizar el personal que sí está dispuesto a realizar las interrupciones voluntarias del embarazo. No necesariamente tiene por qué suponer la contratación de más personal porque una de las cosas que identificábamos en el proceso previo de debate es que, en muchas ocasiones, tras el argumento de la objeción de conciencia lo que se esconden son otro tipo de realidades.

¿De qué manera van a saber los ministerios de Igualdad y de Sanidad que los registros de objetores están funcionando y que los servicios de todas las comunidades practican abortos?

Los registros los ponen en marcha las comunidades autónomas porque las competencias de sanidad están transferidas, pero el espacio que se refuerza con esta ley es la Alta Inspección, que es precisamente un ámbito donde el Estado, en coordinación con las comunidades autónomas, va a ver reforzados los instrumentos que tiene para fiscalizar todo lo que tiene que ver con el desarrollo de la ley. La Alta Inspección incrementa su poder ejecutivo e incrementa también la posibilidad que tiene cuando elabora una vez al año en su memoria la evaluación de todo el sistema sanitario a nivel estatal, para que pueda tener también un apartado de fiscalización sobre la manera en que se está desarrollando la ley y cuáles son las distintas iniciativas que se ponen en marcha por parte de las comunidades. Nosotras hemos planteado que tiene que existir un registro, pero a partir de ahí las medidas que cada comunidad autónoma ponga en marcha para organizar su personal pueden ser distintas, incluir por ejemplo incentivos para el personal.

Cuando una mujer acuda a un centro sanitario, podrá decidir si accede al método quirúrgico o al método farmacológico y en función de esto se le derivará al centro en el que se pueda facilitar el método que ella elija

Precisamente, en los últimos meses también han hablado profesionales de la sanidad que aseguraban no practicar abortos no por una cuestión de objeción de conciencia sino porque tenían miedo a las penalizaciones, a que ya solo les encargaran abortos o a ver menoscabada su carrera.

La apuesta que hemos hecho es, precisamente, desestigmatizar la prestación sanitaria del aborto. Hay todo un apartado en la ley donde planteamos lo necesario para que el aborto pueda ser equiparado a cualquier otro tipo de prestación sanitaria de las que existen en el Sistema Nacional de Salud. Y esto pasa, fundamentalmente, por garantizar que se preste en la sanidad pública, que el aborto esté en los centros hospitalarios, en los que hay otro tipo de prestaciones sanitarias de ginecología y obstetricia.

Hay también toda una apuesta por la formación de los profesionales. Es una de las carencias que los propios profesionales nos ponían sobre la mesa que, entre otras cosas, hay muy poca formación en las carreras de ciencias de la salud sobre la salud sexual y reproductiva en general, sobre la salud con enfoque de género y, en particular, sobre las distintas técnicas de la interrupción voluntaria del embarazo. Hay un capítulo completo en el que se habla de la formación de los profesionales del ámbito sanitario y también del ámbito de la ciencia, de la educación, de la ciencia jurídica y de las ciencias sociales. Y se plantean dos aspectos que son importantes: uno, la incorporación en el currículum de esas carreras de todo lo que tiene que ver con la salud sexual y reproductiva; y dos, que en los currículum del acceso a la oposición de empleo público vinculados con la ciencia jurídica, ciencias de la salud, ciencia educativa y ciencias sociales se incorporen también esos contenidos.

¿En qué situación quedan las clínicas acreditadas para interrumpir voluntariamente los embarazos? ¿Cuál se prevé que sea su papel?

En las clínicas se van a seguir realizando interrupciones voluntarias del embarazo y, además, las clínicas forman parte de la red sanitaria pública a través de los conciertos que tienen con el Sistema Nacional de Salud, por tanto, seguirán realizando las prestaciones. Lo único que vamos a intentar garantizar, y esto es lo que lo que hemos intentado blindar con la propuesta que hemos hecho, es que a través del criterio de proximidad se realice fundamentalmente en los centros sanitarios públicos, pero estas clínicas van a poder seguir prestando sus servicios. El principal propósito que nos hemos planteado con la reforma es precisamente garantizar la universalidad de la prestación y hacerlo a través del servicio público.

Sobre la incapacidad temporal por menstruación dolorosa, ¿va a poder acceder a ella cualquier mujer que en un momento dado tenga una regla dolorosa o sólo las mujeres con una patología asociada?

Todas las mujeres que tengan una menstruación dolorosa y que acudan a su centro de salud y que su médico de cabecera entienda que la menstruación que tienen da lugar a una situación que las incapacita para trabajar. Es decir, no va a hacer falta que tengas diagnosticada una patología previa tipo endometriosis. Lo que hace falta es que se acuda al centro de salud y, si tu menstruación genera un dolor que es incompatible con ir a trabajar, tendrás acceso a esta IT especial en los términos que hemos aprobado: una IT en un régimen especial, en la medida en la que está cubierta al 100% por el Estado y que no requiere como requisito previo un plazo mínimo de cotización, como si requieren otras IT, y que están pagadas desde el primer día.

Todas las mujeres que tengan una menstruación dolorosa y que acudan a su centro de salud y que su médico de cabecera entienda que la menstruación que tienen da lugar a una situación que las incapacita para trabaja

¿Cuál es la diferencia con la baja que cualquier mujer podía pedir si se encontraba muy mal durante su regla?

La diferencia fundamentalmente es que no hay que cumplir el requisito previo de tener 180 días cotizados en los cinco años previos. Esto es importante porque amplía la posibilidad de acceso y la cobertura es desde el primer día por parte del Estado, y esto también evita que se puedan producir brechas de género de otro tipo. Por eso, también hemos planteado un régimen especial, por decirlo de alguna manera. No tendría mucho sentido que los tres primeros días no estuvieran cubiertos por el Estado porque fundamentalmente el impacto en la salud de una menstruación puede ser de tres o cuatro días.

El texto incorpora una baja para las mujeres embarazadas desde la semana 39 que no consume permiso de maternidad, ¿será automática, es decir, para todas las mujeres, o habrá que solicitarla?

Opera de manera similar a como opera la IT especial por menstruación dolorosa. Inicialmente, la propuesta con la que estábamos trabajando era la de un permiso preparto que se planteaba a partir de la semana 36. Finalmente, lo que incorpora la norma es el acceso a una IT especial que tienes que solicitar al médico. Cuando nos planteábamos el debate en torno a cómo mejorar la salud materna en el último periodo de embarazo, una de las cuestiones que veíamos era que muchísimas mujeres, por razones obvias, solicitan una baja a partir de la semana 36 y a partir de que el embarazo está a término porque no están en condiciones de trabajar. Por eso, el planteamiento que hacíamos era crear un instrumento que permitiera de alguna manera automatizar esto, que es lo que se consigue con la ITE a partir de la semana 39, que de nuevo elimina el requisito de la cotización previa. Me hubiera gustado ir mucho más allá y creo que las feministas aspiramos a ir mucho más allá pero esto ya es un logro, es un avance y hay que ponerlo en valor, porque es un instrumento para proteger la salud materna en mejores condiciones de las que había ayer.

Hemos incorporado la garantía de que haya un acompañamiento integral especializado a la mujer en los procesos de postparto con el propósito de que cuando parimos no nos quedemos solas, que es tristemente lo que viene ocurriendo

Hay algunas asociaciones que piden un permiso para el postparto al que se añada después el permiso por nacimiento. ¿Está esto sobre la mesa o lo ha estado?

Defendemos los permisos de nacimiento iguales e intransferibles como posicionamiento político. Lo que sí hemos incorporado en todo el paquete de salud reproductiva y que es novedoso con respecto a la Ley del 2010 es garantizar que haya un acompañamiento integral especializado a la mujer en los procesos de postparto con el propósito de que cuando parimos no nos quedemos solas, que es tristemente lo que viene ocurriendo. El acompañamiento y la asistencia se suele dar en el proceso de embarazo. Una vez que se produce el parto, las mujeres solemos atravesar una sensación de fuerte soledad. Incorporar que haya servicios de asistencia integral durante el postparto pasa por visibilizar que existen necesidades en ese periodo que no solo están vinculadas al cuidado de los hijos, sino que también tienen que ver con el autocuidado y con el cuidado de la madre.

En esta reforma no aparece finalmente el término violencia obstétrica, ¿por qué han renunciado a un término que han defendido tan rotundamente desde el Ministerio de Igualdad?

Lo que recoge la ley es un avance histórico en materia de violencia en el ámbito reproductivo. Hemos recogido por primera vez la necesidad de reconocer como forma de violencia todo lo que sucede en el ámbito de la gestación por sustitución, la esterilización forzada, el aborto forzado, etc. Y hemos reconocido y establecido la necesidad de impulsar políticas públicas que protejan los derechos sexuales y reproductivos en el ámbito gineco-obstétrico, con algunos planteamientos de lo que recomendaba el Comité CEDAW, que es poner en marcha, por un lado, políticas de prevención muy especialmente orientadas a la formación de los profesionales, y por otro lado, la investigación y la recogida de datos para identificar cuáles son esas prácticas que se producen de manera innecesaria o inadecuada, para identificar en qué casos y en qué hospitales se producen.

Hay una medida clave en cuanto a violencia obstétrica, que es la puesta en marcha de un protocolo común de actuaciones: va a permitir que todo lo que establece la Estrategia de Atención al Parto Normal y lo que tendrá que incorporar la nueva Estrategia Estatal de Salud Sexual y Reproductiva pueda traducirse en protocolos hospitalarios específicos.

Pero el término violencia obstétrica no aparece...

Aparece la violencia reproductiva y aparece el reconocimiento de la necesidad de poner en marcha toda una serie de políticas públicas que desarrollen lo que el Comité CEDAW ha recomendado, una política de prevención, una política de formación y de investigación y recogida de datos, y esto que no es menor que es el establecimiento de un protocolo común de actuaciones que garantice que el parto respetado es una realidad.

¿Ha sido el desacuerdo con el Ministerio de Sanidad lo que ha hecho que la violencia obstétrica no aparezca como tal, a pesar del contenido que explica?, ¿han surtido efecto las presiones de los colegios profesionales de médicos?

El texto es un avance histórico, es la mención expresa a establecer políticas públicas que nos permitan intervenir en el ámbito de la violencia gineco obstétrica. Obviamente, esta es una propuesta donde hay dos ministerios co-proponentes y no somos ajenas a que este tema suscita debate y lo ha suscitado durante todo el proceso. No somos ajenas a esos debates y no somos ajenas tampoco a que esta ley es fruto de un diálogo intenso. Nosotras estamos convencidas de que existe la violencia obstétrica y no porque lo digamos nosotras, lo dice la Organización Mundial de la Salud, lo dice la CEDAW, lo dice el informe de la Relatora Especial de Naciones Unidas, que señala que se produce violencia obstétrica de manera sistemática. Seguro que el ordenamiento jurídico en nuestro país irá avanzando en la línea que plantea esta norma, que es la de reconocer que existen esa violencia y poner políticas públicas que permitan prevenirla y proteger a las mujeres. 

Hay una medida clave sobre violencia obstétrica, que es la puesta en marcha de un protocolo común de actuaciones: va a permitir que todo lo que establece la Estrategia de Atención al Parto Normal pueda traducirse en protocolos hospitalarios específicos

¿Por qué está siendo tan difícil que un Gobierno que llevaba en su acuerdo de coalición la rebaja del IVA a los productos menstruales, y cuyos dos partidos ya incluso antes habían presentado iniciativas similares y se habían mostrado claramente a favor de esa medida, avance en esto?

Nosotras esperamos que antes de que acabe la legislatura se pueda aprobar la bajada del IVA de estos productos, porque efectivamente, forma parte del acuerdo de Gobierno y debe ser cumplido, esperamos que antes de que termine la legislatura. Y además es un acto de justicia fiscal con las mujeres. En esta propuesta hemos dado un paso importante, que es todo lo que tiene que ver con la distribución gratuita de productos de gestión menstrual en centros educativos, en centros de servicios sociales y centros penitenciarios. Pero efectivamente, nosotras, desde el Ministerio de Igualdad, lo que planteábamos era que hubiera una exención de IVA y que de la misma manera que sucede con otros productos, los productos de gestión menstrual sean tratados como productos de primera necesidad. Por lo tanto, tenemos un reto en nuestro país que pasa por el debate en torno al IVA, pero que pasa en general por cómo construimos una política fiscal con enfoque de género.

En cuanto a ese reparto de productos gratuitos para la menstruación en centros educativos, sociales, penitenciarios... ¿quién asume el coste y cuánto dinero hay previsto para eso?

Es algo que habrá que ver en el marco de las conferencias sectoriales porque además afecta distinto a distintos ministerios, desde el Ministerio de Derechos Sociales al de Interior o al Ministerio de Educación. Por tanto, tendrá que ser en ese marco en el que se defina cuál va a ser el mecanismo de financiación. En todo caso, en la memoria económica de la ley, el presupuesto estimado es muy asumible, igual que lo es lo que implicaría la exención de IVA. Estamos hablando de 30 millones de euros.

El texto prohíbe la publicidad de las agencias de gestación subrogada pero no se prohíbe la actividad de esas agencias en España ni hay cambios en la orden que permite a los registros inscribir a los bebés nacidos del alquiler de vientres.

Hay una acción decidida por parte del Gobierno en torno a señalar que la gestación por sustitución es una forma de explotación reproductiva contra las mujeres. Ha habido debate en relación a cómo garantizar que lo que ya está recogido en la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida del año 2006 y lo que ya está recogido en el Código Penal en relación a la compraventa de bebés e incluso a la compraventa en el extranjero sea efectivo. Nosotras planteábamos que, para que eso sea efectivo, es necesario que se modifique la Ley Orgánica del Poder Judicial para que la gestación por sustitución pueda ser un delito perseguible a nivel internacional. Esto también ha sido objeto de debate, fundamentalmente con el Ministerio de Justicia. Esperamos que en el proceso que le queda de tramitación a la ley, que no es corto, el Ministerio de Justicia pueda reconsiderar abordarlo para que lo que ya está recogido en la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida y lo que ya está recogido en el Código Penal pueda cumplirse de manera efectiva.

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