El Tribunal Supremo rechaza suspender de forma urgente el plan del Gobierno para actuar contra la desinformación
El Tribunal Supremo ha rechazado suspender de forma urgente el plan aprobado por el Gobierno para actuar contra la desinformación y “la difusión deliberada a gran escala y sistemática de mensajes falsos” que “persiguen influir en la sociedad con fines interesados y espurios”. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha dictado un auto en el que desestima, al no apreciar las circunstancias de especial urgencia necesarias, la medida cautelarísima solicitada por el portal jurídico Confilegal y acuerda tramitar la medida cautelar como ordinaria, de manera que da un plazo de alegaciones a las partes.
El Supremo señala que no cabe apreciar las especiales razones de urgencia que aduce Confilegal y que son indispensables para la resolución sobre medidas cautelares “inaudita parte”. Es decir, sin escuchar a la parte recurrida, que en este caso es la Abogacía del Estado. El auto resalta que aunque el plan fue publicado en el BOE del 5 de noviembre el recurso no se interpuso hasta el 30 de diciembre, “lo que contrasta con las razones de especial urgencia que sucintamente se mencionan en el escrito de interposición”.
Además, la Sala indica que la actuación objeto de impugnación no crea una situación irreversible que exija decidir ahora sobre las pretensiones cautelares presentadas y que, por tanto, “no se producirán perjuicios irreparables para la entidad recurrente, si debieran prosperar sus razones”.
Informa Elena Herrera