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Bruselas acumula “dudas” sobre la ley española de propaganda electoral en Internet pero no actuará antes del 28A

El consumo de datos por el móvil se duplicó con creces en la OCDE en 2017

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

A finales de noviembre pasado, el Congreso aprobó una nueva la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales, con los votos de PP, PSOE y Ciudadanos y la negativa de Unidos Podemos. Un texto que abre la puerta a que los partidos políticos creen bases de datos con información ideológica de los ciudadanos y enviar propaganda electoral personalizada vía WhatsApp y redes sociales sin consentimiento previo.

En aquel momento, a finales de noviembre, el Parlamento Europeo se mostró “alarmado” y la eurodiputada holandesa Sophia in 't Veld (D66, Grupo ALDE) redactó una pregunta escrita a la Comisión Europea alarmada por el riesgo de que se pudieran ver comprometidos los procesos electorales en España a raíz de la reforma legal.

Meses después, este 8 de abril, la Comisión Europea ha respondido en persona a Sophia in 't Veld en la Comisión de Libertades de la Eurocámara, en Bruselas.  “En noviembre presentamos una pregunta a la Comisión sobre la ley española de protección de datos que permite a los partidos usar los datos sin consentimiento previo de los ciudadanos”, ha explicado la eurodiputada, “habida cuenta de que a finales de mes se celebran las generales y luego las europeas”.

El pasado 28 de febrero, ha explicado la vicepresidenta del grupo liberal en el Parlamento Europeo, recibió una respuesta: “Que la Comisión compartía nuestras preocupaciones, que pediría aclaraciones a las autoridades españoles y que luego verían qué hacer. Quisiera saber cómo están las cosas en la Comisión. Todo el mundo está hablando sobre cómo garantizar elecciones libres, y esta reforma resulta chocante”.

Entre tanto, esta reforma legal ha llegado a los tribunales por el recurso del Defensor del Pueblo al Constitucional, que está pendiente de fallar.

Como la respuesta escrita se demoró más allá de los plazos establecidos, la Comisión se ha visto obligada a comparecer. Lo ha hecho a través del jefe de la unidad de Protección de Datos, Oliviar Micol, quien acabó su intervención con un elocuente: “Tenemos las manos atadas”.

Micol explicó que “la comisaria europea de Justicia, Věra Jourová, expresó sus dudas a la ministra española de Justicia, Dolores Delgado, y que hubo un debate con la autoridad española de protección de datos, que a su vez hizo una circular interpretativa de ese [polémico] artículo 58 de la ley española”.

Artículo 58 bis. Utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales.

1. La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas.

2. Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral.

3. El envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial.

4. Las actividades divulgativas anteriormente referidas identificarán de modo destacado su naturaleza electoral.

5. Se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito de ejercicio del derecho de oposición.

El portavoz de la Comisión ha reconocido en su comparecencia que han continuado “los debates con las autoridades españolas”y que están “a la espera del veredicto de este caso. A título bilateral vamos a seguir nuestras gestiones y vamos a ver cómo proceder. Estamos esperando la resolución de ese litigio”.

Veld ha respondido con vehemencia: “Las elecciones en España se van a celebrar en menos de tress semanas. ¿Y si después llegamos a la conclusión de que ha habido un problema?. La CE tiene que velar por la aplicación del derecho de la UE y el tiempo es fundamental. ¿Qué va a hacer la CE para evitar que los datos se usen para manipular las elecciones antes del 28A? Se usan en una campaña electoral que ya está en curso. La circular de la AEPD no es una salvaguarda jurídica, es un folleto explicativo”.

“Uno de los deberes de la Comisión”, ha dicho Veld, “es que se aplique el derecho de la UE, y sí puede decirle a las autoridades españolas que la forma en que se aplica la ley no es compatible con el derecho de la UE. Y tenemos el factor tiempo. ¿Por qué esperar a las elecciones para decir que se han usado para manipular?”

Pero la Comisión ha sido un muro: “Trasmitir el mensaje de que estamos preocupados, ya lo hemos trasladado. Ese mensaje ya se ha trasladado. Y no se puede hacer a un nivel superior que la comisaria Jourová lo envíe a la ministra correspondiente. El mensaje se ha trasladado por lo político y lo administrativo. Ahora hay un litigio en España y hay que esperar”.

La eurodiputada de UPyD, Maite Pagaza, también ha intervenido en el debate: “No podemos quedarnos satisfechos con lo que nos indican. Hay que reforzar más para que las autoridades españolas protejan derechos tan sensibles y fundamentales”. 

“Dedicamos muchísimas horas a esta legislación”, se ha lamentado Veld, “y ver que es objeto de un abuso por los partidos por motivos electorales es frustrante. Si lo único que puede hacer la Comisión cuando hay un riesgo de manipulación de la democracia es encogerse de hombros, ¿para qué legislamos?” 

Recurso del Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo estimó las solicitudes presentadas por un grupo de juristas expertos en protección de datos y por la Asociación Pro Derechos Humanos España (APDHE), que denunciaron que la ley supone la “legalización del Cambridge Analytica español”, ya que perfilar ideológicamente a los votantes y ponerse en contacto con ellos sin su autorización son prácticas prohibidas por la Constitución y la legislación europea. Y recurrió al Tribual Constitucional, que admitió el recurso y está pendiente de fallar.

Para quedar excluidos de la prohibición, los partidos políticos españoles incluyeron una disposición final en la renovación de la Ley de Protección de Datos que modifica la Ley de Régimen Electoral General. Esta les permite llevar a cabo estas prácticas siempre que sea en procesos electorales, amparándose en un supuesto “interés público”.

El PSOE, el grupo que introdujo la disposición final que provocó el aluvión de protestas que han provocado la intervención del Defensor del Pueblo, argumentó que su objetivo era dotar de las “máximas garantías” al uso de medios tecnológicos en procesos electorales. “La ley no permite crear bases de datos basadas en ideología de los ciudadanos ni el spam político masivo”, recalcó Artemi Rallo, portavoz socialista en las negociaciones, en una entrevista con eldiario.es.

Esta visión fue respaldada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). El órgano, con capacidad sancionadora, anunció que interpretará la nueva ley de manera restrictiva y “no tolerará” la creación de ficheros ideológicos de los votantes y recordó a los partidos y a las agencias de marketing político que contraten que se exponen a multas de hasta 20 millones de euros si utilizan datos personales de los ciudadanos de manera ilegal para influir en las elecciones.

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