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El Gobierno remite a las Cortes el primer acuerdo formal entre la UE y Afganistán

El Gobierno remite a las Cortes el primer acuerdo formal entre la UE y Afganistán

EUROPA PRESS

MADRID —

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la firma ad referendum del Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión Europea y la República Islámica de Afganistán, ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

Según ha informado el Ejecutivo, con este Acuerdo se establece la primera relación contractual Unión Europea-Afganistán. El acuerdo proporciona “un marco jurídico para un compromiso a largo plazo de la Unión Europea con Afganistán y con el pueblo afgano, en el contexto del proceso de paz”. Además, busca fortalecer las instituciones afganas para defender los progresos logrados hasta la fecha y seguir avanzando hacia un Estado más eficaz y, en última instancia, sostenible.

Se trata de fortalecer el diálogo y la cooperación mutuos, tanto sectorial como regional, utilizando como instrumentos la cooperación en los ámbitos político, de ayuda al desarrollo, en materia de comercio e inversión y en materia de justicia y asuntos de interior.

Sus objetivos específicos son la promoción de la paz y la seguridad, la consolidación de la democracia, el desarrollo económico y humano, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la protección de los derechos humanos, en particular los de la mujer. El Acuerdo prevé una validez inicial de diez años, con prórroga automática por períodos consecutivos de cinco años.

ACUERDO SOBRE DOBLE IMPOSICIÓN CON FINLANDIA

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo.

Se aplicará a las personas residentes de uno o ambos Estados y respecto de los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de ellos o sus subdivisiones políticas o locales.

En el Convenio se señalan los criterios relativos a la imposición sobre las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo, empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones, ganancias de capital, rentas del trabajo, remuneraciones de consejeros, rentas de artistas y deportistas, pensiones, anualidades y pagos análogos, función pública, estudiantes y otras rentas.

En materia de acuerdos internacionales, el Gobierno ha autorizado también la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Dominicana sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, un acuerdo que pretende “promover las relaciones de amistad y cooperación entre los dos países y facilita la libre circulación de los titulares de pasaportes diplomáticos”.

La posibilidad de adoptar Acuerdos de supresión de visados de pasaportes diplomáticos está contemplada en un Reglamento Comunitario de 2001 que, además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visado al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea, permite a estos, en su artículo 4, establecer excepciones para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes diplomáticos.

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