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El Tribunal Constitucional suspende la consulta del 9N con una agilidad inédita

Los abogados del Estado abandonan el Constitucional tras registrar los recursos

Pedro Águeda

El Tribunal Constitucional ha dejado este lunes en suspenso por unanimidad la consulta convocada por la Generalitat para el 9 de noviembre. Los doce magistrados acordaron admitir a trámite sendos recursos del Gobierno central contra la Ley de Consultas y la convocatoria del 9-N, lo que implica la inmediata suspensión de las decisiones adoptadas por la Generalitat.

Los magistrados se limitaron a constatar que en el recurso y la impugnación de la Abogacía del Estado no había defectos de forma. “La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo de los citados recursos, que el Tribunal resolverá en su momento”, asegura una nota informativa difundida por el gabinete de prensa del tribunal.

La Ley Orgánica que regula el Constitucional señala que la presentación de recursos del Ejecutivo a decisiones adoptadas por Gobiernos autonómicos supone la inmediata suspensión de los mismos tras su admisión a trámite. Los magistrados tardaron este lunes alrededor de 90 minutos en revisar los recursos de la Abogacía del Estado. La providencia que suspende la Ley de Consultas está firmada por el conservador Pedro González Trevijano, mientras que deja sin efecto la convocatoria del 9-N lleva la rúbrica del progresista José Antonio Xiol.

El presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, convocó a los magistrados apenas una hora después de que la Abogacía del Estado presentara el recurso y la impugnación de la Ley y la convocatoria, respectivamente. Tanta premura, inédita en la historia del tribunal, fue explicada hoy desde el Constitucional por “la trascendencia constitucional y política de las cuestiones planteadas, para la sociedad española en su conjunto y, en particular, para la catalana”. Esta afirmación aparece en un comunicado distinto a la nota de prensa, consensuado por todos los magistrados del pleno.

Los magistrados tienen a partir de ahora cinco meses para dictar un fallo, pero fuentes próximas al Tribunal Constitucional prevén que no agotarán el plazo y antes del 9 de noviembre habrá una sentencia. Como ya ocurriera con la anulación de la declaración soberanista del Parlament, se espera un fallo unánime en contra de la Ley de Consultas, independientemente de la adscripción ideológica de cada magistrado.

El recurso de la Abogacía del Estado califica de “regulación encubierta de un reféndum”, tanto la Ley como el decreto impugnado. La Generalitat intenta, añade, “dar cobertura constitucional a lo que en sí es materialmente un referéndum de reforma constitucional”. “Consideramos que está abocado al fracaso”, remachan en su escrito los abogados del Estado.

La Abogacía del Estado defiende que la convocatoria de un referéndum es competencia exclusiva del Estado, a pesar de que la Generalitat ha calificado el 9-N como “consulta no referendaria”. “La Generalitat de Cataluña infringe de manera palmaria la Constitución al atribuir el carácter de sujeto soberano al denominado pueblo catalán para decidir sobre una cuestión que afecta, directamente, a la unidad de la Nación Española, decisión que, en sui caso, solo puede corresponder a la voluntad del pueblo español en su conjunto”, añade.

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