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El juzgado da tres días a Uralita y extrabajadores para que remitan sus conclusiones

Afectados y familiares se concentraron en los juzgados de Sevilla por la demanda colectiva contra Uralita por los daños del amianto

eldiario.es/andalucia / agencias

El Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla ha acogido este martes la segunda sesión del juicio colectivo en el 26 extrabajadores de Uralita reclaman a la compañía 2,2 millones de euros en total en concepto de indemnización por las enfermedades generadas por el contacto con el amianto. La complejidad de las pruebas ha conllevado que el juicio no se haya dado definitivamente por concluído y las partes deberán remitir las conclusiones por escrito a la jueza en un plazo máximo de tres días.

En la jornada de hoy, Uralita ha aportada las pruebas periciales. Fuentes de los abogados de los extrabajadores se han mostrado “optimistas” tras la finalización de la vista, a pesar de que la empresa insiste en que los extrabajadores tienen las patologías pero “sin repercusión funcional”.

La compañía Uralita ha indicado en una nota que desde 1964 a 1996 destinó más de 1,2 millones de euros a diversas medidas de seguridad e higiene en su fábrica de Sevilla, apuntando que durante el juicio “los propios trabajadores de la empresa han manifestado que hubo adopción de medidas de seguridad por parte de la empresa”.

Uralita considera que es importante “hablar de este asunto contextualizando” y, en este sentido, ve “significativo” señalar que “hoy está reconocido con los conocimientos del presente que el amianto es una sustancia nociva, pero hace 40 años se desconocían los efectos del amianto y era un material legalmente utilizado por numerosos sectores tanto en España como en el resto del mundo; fue una sustancia permitida por la UE hasta 2005”.

En ese sentido, apuntaron que “ni el mesotelioma ni el cáncer de pulmón se reconocieron como enfermedades profesionales de amianto hasta 1978”, aludiendo a un reciente informe del Consejo de Estado “que reconoce que la única medida eficaz para prevenir las enfermedades derivadas del amianto y muy especialmente las cancerígenas es la prohibición del uso del amianto hecho que no se produjo en España hasta el año 2002”.

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