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Ratificada la condena de nueve años de cárcel al exportavoz de Vox en Huércal de Almería por agresión sexual a una menor

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada.

elDiarioand

Almería —
23 de octubre de 2026 13:52 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena de nueve años de prisión al que fuese entre 2019 y 2021 portavoz de Vox en el Ayuntamiento de Huércal de Almería (Almería) Arturo Ramón Torres Escamilla por dos delitos de agresión sexual a una menor, uno de ellos de modo continuado, a la que también facilitó cannabis. El concejal dimitió en 2021 alegando “motivos personales”.

La Sala ha desestimado íntegramente el recurso de apelación impulsado por la defensa del acusado, el cual alegó que la sentencia de la Audiencia de Almería se basaba solo en el testimonio “no persistente” de la víctima, si bien el TSJA destaca que hubo muchas más pruebas que llevaron a determinar su culpabilidad.

El acusado ocupó la portavocía de su grupo municipal entre 2019 y 2021 hasta que presentó su dimisión por “motivos personales” apenas mes y medio después de que se consumara una de las agresiones sexuales, llevó a la víctima a su cortijo de Nacimiento donde la violó tras turnarse con ella varios porros de cannabis que le ofreció.

El exconcejal formó parte del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Huércal de Almería entre 2019 y febrero de 2021, cuando el alcalde huercalense, Ismael Torres (PP), puso fin a la alianza ante las discrepancias entre los socios de gobierno. El excargo de Vox llegó a ocupar el puesto de primer teniente de alcalde con competencias en materia de Economía, Desarrollo y Empresa así como en Seguridad Ciudadana y Tráfico.

Estado de aturdimiento

La resolución apunta a la declaración prestada por el novio de la menor, quien “presenció directamente uno de los episodios de tocamientos” que sufrió la chica en el vehículo del acusado y quien, de otro lado, explicó cómo la víctima le comunicó que había sido violada el mismo día de los hechos.

A ello se unieron varios mensajes de WhatsApp en los que la víctima comunicó a su novio que había sufrido la agresión sexual, el testimonio de la madre de la chica y el informe pericial psicológico que determinaba que la menor presentaba sintomatología ansiosa y postraumática “compatible con los hechos” sin que se apreciaran invenciones o intenciones espurias

De otro lado, el alto tribunal andaluz recalca que la falta de consentimiento por parte de la menor quedó acreditada durante el juicio, toda vez que el acusado actuó aprovechando el estado de aturdimiento en el que ella estaba para llevar a cabo la penetración.

La sentencia de origen imponía al acusado cuatro años de cárcel por un delito de agresión sexual continuado y cinco más por un delito de agresión sexual, toda vez que le absolvía de un delito contra la salud pública que solicitaba la acusación particular.

Una relación con la madre

La resolución judicial explicaba además cómo el acusado se aprovechó de su convivencia con la menor y de la relación que tenía con la madre de ésta para acceder a ella. En este sentido, la propia víctima explicó que tardó en denunciar porque veía a su madre “feliz” y temía “darle un disgusto” si le narraba lo que sucedía

De esta forma, fue agredida de manera “reiterada” por el acusado desde principios de 2018, dado que éste se dirigía a ella “con ánimo libidinoso” para realizarle tocamientos en sus zonas íntimas por debajo y por encima de la ropa en distintas ocasiones mientras le dirigía expresiones sobre el desarrollo de sus pechos y sus nalgas.

Además de las penas privativas de libertad, el tribunal impuso al acusado 21 años de alejamiento e incomunicación con la víctima, tiempo en el que tampoco podrá ostentar cualquier profesión, oficio o actividad, sea o no retribuida, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad. También le condenaba a 18 años de libertad vigilada y al pago de 25.000 euros de indemnización por daños morales.

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