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El Ministerio espera que acaben los procesos judiciales para cofinanciar la demolición de El Algarrobico

EUROPA PRESS

MADRID —

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha señalado que sigue a la espera de que se resuelvan todos los procesos judiciales pendientes sobre el hotel ilegal El Algarrobico, en el Parque Natural de Cabo de Gata (Almería).

Así, fuentes de este departamento han reiterado a Europa Press que este departamento está pendiente de que se dicten todas las sentencias al respecto y ha subrayado que se mantiene el acuerdo con la Junta de Andalucía para cofinanciar a partes iguales la demolición del hotel de Azata del Sol y acometer la restauración ambiental de la zona afectada. El proyecto, según informó el ministro Miguel Arias Cañete a Europa Press hace pocos meses, tiene un coste total de 7.320.000 euros.

A este respecto, el ministro subrayó entonces que la demolición se realizará cuando la última de las sentencias despeje “claramente que ya no hay ningún obstáculo para proceder a la demolición del mismo”.

Este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado los recursos de la promotora y la constructora del hotel de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), y ha confirmado que la propiedad del suelo en el que se asienta es de la Junta andaluza, que deberá formalizar ahora a través del delegado territorial de Medio Ambiente el pago de 2,3 millones de euros a la mercantil Azata y su filial Azata del Sol y la inscripción de las fincas en los registros correspondientes.

La promotora recurre al Supremo

La promotora del hotel ubicado en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), ha anunciado recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra las dos últimas resoluciones que validan el retracto ejercido por la Junta andaluza y da la propiedad del suelo sobre el que se asienta el establecimiento de una veintena de plantas y 411 habitaciones a la administración autonómica por 2,3 millones de euros.

Así lo ha indicado a Europa Press, pese a que en las resoluciones se especifica que “no cabe recurso alguno”, el presidente de Azata, José Rodríguez, quien ha subrayado que cuando adquirió en 1999 los terrenos sobre los que se construyó el hotel, existía un planeamiento urbanístico --Normas Subsidiarias-- “aprobado por el Ayuntamiento y por la Junta de Andalucía” que establecía en el sector ST-1 una “parcela hotelera que nosotros, como hoteleros, compramos para desarrollar”.

Rodríguez ha recordado en esta línea que la aprobación de la normativa medioambiental en la que se basan ahora los tribunales para declarar el paraje no urbanizable de especial protección es de 1994, “anterior a la compra” por parte de Azata de un suelo “calificado como urbanizable, que permitía su transformación, urbanización y edificación”.

Al hilo de esto, ha hecho referencia a los argumentos esgrimidos por la mercantil en los recursos desestimados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y ha asegurado el contrato de venta hacía consta que las fincas “no estaban enclavadas dentro de parque natural de Cabo de Gata-Níjar, no existiendo limitación urbanística alguna que impidiese el desarrollo de las Normas Subsidiarias y del Plan Parcial” del sector ST-1.

Rodríguez ha trasladado, asimismo, que de “ninguno” de los procedimientos judiciales conclusos en torno al hotel se desprende que la licencia “sea ilegal, y, por tanto el hotel”, y ha considerado que la sentencia dictada por el magistrado Jesús Rivera en 2008 y que se verá ante el Alto Tribunal andaluz el próximo día 14 “no anula la licencia, sino el planeamiento urbanístico aprobado por la Junta y por el Ayuntamiento” al tiempo que ordena la revisión de oficio de la citada licencia. “Se nos está haciendo daño y no se está diciendo la verdad”, ha lamentado.

La citada sentencia, cuyo recurso se resuelve en menos de una semana, ordenaba al Ayuntamiento de Carboneras que iniciase el procedimiento de revisión de oficio del acuerdo de comisión de gobierno de 13 de enero de 2003 por el que se otorgó licencia de obras para la construcción del hotel y argumentaba que, pese a que “haya méritos para ello por vulneración de las normativas sectoriales en materia de Costas y Medio Ambiente”, no podía “anular directamente dicho acto administrativo por la falta de impugnación en el plazo legalmente establecido”.

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