La Audiencia de Zaragoza ordena investigar el cambio de sexo de un hombre acusado de violencia de género
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha ordenado investigar si el cambio registral de sexo de un hombre que habís sido previamente denunciado por violencia de género se realizó en fraude de ley. Mientras se aclara esa cuestión, ha acordado que el caso siga siendo investigado por el juzgado de Violencia sobre la Mujer.
La resolución, dictada el pasado 7 de julio y hecha pública este miércoles, estima el recurso presentado por la denunciante contra el auto que acordó la inhibición al considerar que la persona investigada había modificado su sexo en el Registro Civil antes de los hechos denunciados.
La Audiencia considera, sin embargo, que esa decisión fue “prematura”, ya que entiende que antes debe comprobarse documentalmente la rectificación registral y ponerse los hechos en conocimiento del Registro Civil para que determine si pudo existir fraude de ley. El tribunal acuerda dejar sin efecto la inhibición y que el juzgado de Violencia sobre la Mujer continúe instruyendo el procedimiento mientras se resuelve esa cuestión.
Los magistrados explican que la nueva inscripción registral produciría, en principio, efectos legales y desplazaría la competencia al juzgado de Instrucción al tratarse de hechos posteriores al cambio de sexo. No obstante, señalan que concurren circunstancias que justifican aclarar previamente si la modificación registral respondió realmente al libre desarrollo de la identidad sexual o si perseguía eludir la aplicación de la normativa específica sobre violencia de género.
Para llegar a esa conclusión, la Sala tiene en cuenta que la persona investigada cuenta con antecedentes penales por violencia de género respecto de la misma víctima y que existe una valoración policial de riesgo extremo. Además, el auto recoge que, durante una actuación de la Guardia Civil, manifestó haber realizado el cambio registral “con el único fin de blindarse contra este tipo de denuncias”.
La Audiencia señala que corresponde al Registro Civil valorar si existió fraude de ley y, en su caso, revisar la inscripción registral. Si finalmente se concluye que no existió tal fraude y se mantiene la inscripción, la competencia para investigar los hechos corresponderá al juzgado de Instrucción. Hasta entonces, considera “más prudente” que el procedimiento permanezca en el juzgado de Violencia sobre la Mujer para garantizar la protección de la denunciante.
Contra el auto de la Audiencia Provincial no cabe recurso.
0