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Condenan a un hombre a dos años de cárcel por abusar sexualmente de una menor de edad ebria e inconsciente

Archivo -  Audiencia Provincial de Oviedo.

elDiario.es Asturias

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La Audiencia Provincial de Asturias ha impuesto una condena de dos años de cárcel a un hombre por un delito de abuso sexual, tras admitir que, bajo los efectos del alcohol, mantuvo relaciones sexuales con una menor de edad cuando ésta se encontraba ebria y en estado inconsciente.

El acusado ya había reconocido su autoría en el delito de agresión sexual y había mostrado su conformidad con los hechos relatados por la Fiscalía, pero este martes ha comparecido ante los magistrados de la Sección Octava, con sede en Gijón, para ratificar su versión.

Los hechos ocurrieron sobre las 2 de la madrugada del 15 de julio de 2020, cuando el procesado se encontraba en compañía de sus amigos en una zona de copas de la localidad asturiana de Llanes, y se acercó a la víctima, de 16 años, que se encontraba con sus amigas.

Tras conversar con ella durante una hora aproximadamente, ambos se alejaron unos metros del lugar y, pese a que la víctima estaba muy afectada tras haber ingerido alcohol, el acusado ha admitido que se aprovechó de esa circunstancia y de que se encontraba inconsciente en ese momento para mantener relaciones sexuales en la calle La Calzada de Llanes y a la vista de terceras personas.

La víctima fue sometida a las pruebas de alcoholemia que dieron un resultado de etanol en sangre de 2,70 gr/l. La Fiscalía sostiene que el procesado cometió los hechos tras ingerir alcohol, por lo que también tenía mermadas sus capacidades intelectivas y volitivas.

Con anterioridad a la celebración del acto de ratificación de la conformidad, el procesado consignó la cantidad de 20.000 euros en concepto de indemnización.El fiscal calificó los hechos como un delito de abuso sexual con las atenuantes de embriaguez y la de reparación de daño.

Tras llegar a un acuerdo de conformidad, el acusado ha aceptado una pena de dos años de prisión, cinco años de libertad vigilada consistente en la realización de un programa formativo en materia de educación sexual y el cumplimiento de la pena de prohibición de aproximación a la víctima de 200 metros y prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 10 años.  

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