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La Confederación del Tajo descarta restricciones para el eje del río que depende de la cabecera

Embalse de Entrepeñas en Sacedón (cabecera del Tajo)

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La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) se ha reunido en la tarde del lunes para analizar la situación hidrológica del río, en su parte española, y proponer al Organismo de cuenca “nuevas actuaciones a llevar a cabo ante la situación de alerta por sequía”.

Entre estas actuaciones la Junta de Gobierno, de la que forman parte la Administración General del Estado, los usuarios y las cinco comunidades autónomas- entre ellas Castilla-La Mancha- con territorio en la cuenca del Tajo, ha propuesto al Organismo de cuenca que solicite al Gobierno central la declaración de sequía en la parte española de la demarcación ante el nivel actual de agua almacenada en los embalses de la cuenca con respecto al año hidrológico anterior -4.143 hectómetros cúbicos (hm3) frente a 6.393 hm3 - y a la media de los últimos 10 años (6.500 hm3 ) y ante la “delicada situación que desde hace dos meses atraviesan la mayoría de los sistemas que no dependen de los embalses de cabecera”.

Es decir, la Confederación Hidrográfica del Tajo deja fuera de las restricciones a los embalses de Entrepeñas y Buendía, en la cabecera del río, entre las provincias de Guadalajara y Cuenca, a pesar de que según lo datos con fecha 19 de febrero, Buendía albergaba 162 hm3, frente a su capacidad total de 1.639 y pese a que Entrepeñas tenía 81 de los 835 hm3 posibles.

No se descarta 'tirar' de las aguas subterráneas

La CHT ha explicado que el futuro Real Decreto de Sequía, según el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, permitiría “modificar temporalmente en situaciones excepcionales las condiciones de uso del dominio público hidráulico” además de contemplar como posible la activación de “fuentes alternativas de recursos, como aguas subterráneas, para atender las demandas más urgentes”.

También se ve como posible “la reducción a la mitad de los plazos previstos en la tramitación de procedimientos afectados por la aplicación de las medidas excepcionales, la reasignación de recursos para atender los usos prioritarios como se prevé en la normativa del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, el cambio de las condiciones para controlar la calidad del agua y que no empeore con esta situación o la facilitación del intercambio en las cesiones de derecho”.

Asimismo, y como establece el artículo 18.4 del reglamento de Planificación Hidrológica, durante la vigencia del Real Decreto de Sequía se mantendrá el régimen de caudales ecológicos para las zonas incluidas en la Red Natura 2000. En definitiva, el Real Decreto de sequía servirá para poner en marcha todas las medidas que sean necesarias para atender los usos prioritarios.

La cabecera ha cedido al eje del Tajo 434 hm3 desde diciembre de 2016

El presidente de la CHT, Juan Carlos de Cea,  ha resaltado que desde diciembre de 2016 el sistema de cabecera ha desembalsado hacia el eje del Tajo -que incluye a Toledo y a Talavera de la Reina- un total de 434 hm3 . Y eso, señala, ha supuesto atender “todas las demandas dependientes de este sistema” y cumplir “con los caudales legales que figuran en el vigente Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo en Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina”.

Igualmente ha recordado que desde que se cerró el trasvase Tajo-Segura en junio de  2017, ese mismo sistema ha enviado al eje del Tajo, para satisfacer demandas y caudales legales, un total de 275,8 hm3 . Complementariamente, ha señalado que el eje del Tajo ha recibido en concepto de aportaciones de sus subsistemas tributarios un total de 973 hm3 .

El presidente además ha asegurado que “el eje del Tajo no se va a ver afectado por el episodio de escasez de precipitaciones y aportaciones generalizado en toda la cuenca” y ha resaltado “los esfuerzos y el continuo trabajo que se viene realizando por el organismo para atender todas las demandas dependientes del sistema de cabecera y para cumplir con los caudales legales establecidos en Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina”.

Por otra parte, el presidente de la Confederación ha recordado que los Ayuntamientos con una población mayor de 20.000 habitantes tienen “la obligación” de disponer de un Plan de Emergencia ante situaciones de sequía, como establece el Plan Hidrológico Nacional. Unos planes que deben tener en cuenta las reglas y medidas previstas en el plan especiales de actuación en situación de alerta y eventual sequía (PES) en vigor, así como definir las medidas de ahorro que aseguren una disminución del consumo de agua de abastecimiento durante la sequía.

A la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Tajo han sido convocados representantes de la Administración General del Estado, de los Usuarios y de las cinco Comunidades Autónomas con territorio en la cuenca del Tajo: Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León Extremadura y Madrid. 

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