Las comunidades autónomas y los hospitales deben comunicar los viernes a Sanidad sus necesidades de recursos materiales
Las comunidades autónomas, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y todos los centros hospitalarios que atiendan casos del nuevo coronavirus, tanto públicos como privados con camas de UCI, reanimación o recuperación post-anestesia, deberán de comunicar todos los viernes al Ministerio de Sanidad, entre las 13.00 y 14.00 horas, las necesidades de recursos materiales.
Así se recoge en una nueva orden publicada el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la que se señala que deberán informar sobre el número de existencias (en unidades) y el consumo semanal de las mascarillas quirúrgicas I, de tipo II y IIR; mascarillas de protección FFP2 y FFP3; kits PCR diagnóstico Covid-19; e hisopos.
También tendrán que informar sobre la cantidad de gafas de protección; guantes de nitrilo, con y sin polvo; batas desechables e impermeables; y solución hidroalcohólica (biocida y cosmética). Adicionalmente tendrán que remitir el número de equipos de ventilación mecánica invasiva, el número de ambulancias medicalizadas y el número de ambulancias no medicalizadas.
Del mismo modo, Sanidad va a pedir todos los viernes que les den datos sobre recursos humanos de especialistas, tanto titulados como de R4, en Neumología, Geriatría, Medicina Intensiva, Medicina Familiar y Comunitaria, Anestesiología y Reanimación, Medicina Interna, Microbiología y Parasitología, Pedriatría, Radiodiagnóstico, y Medicina Preventiva y Salud Pública. También sobre titulados en Enfermería, técnicos de Radiodiagnóstico, Laboratorio y de Cuidados Auxiliares de Enfermería; así como personal administrativo, celadores, personal de limpieza, de restauración y de mantenimiento.
Información diaria
A diario, entre las 20.00 y las 21.00 horas, las comunidades autónomas y el INGESA, deberán facilitar el número de datos de casos confirmados con el nuevo coronavirus, hospitalizados, ingresados en unidades de cuidados intensivos, datos de alta, dados de alta por defunción, número de diagnosticados en las últimas 24 horas y número de pruebas diagnósticas (PCR) realizadas.
En cuanto a la información de la capacidad asistencial, los centros hospitalarios que atiendan casos de Covid-19 deberán comunicar todos los días, entre las 13.00 y las 14.00 horas, el número total de camas, de camas ocupadas por pacientes con coronavirus, ingresos por esta causa, altas dadas y altas previstas en el día de las unidades críticas con y sin respirador, y de los ingresos en hospitalización convencional.
A nivel agregado por comunidad autónoma e INGESA, se deberán comunicar los mismos datos solicitados de otros puestos en otros centros no sanitarios convertidos para atender a casos de Covid-19. Adicionalmente, todos los centros hospitalarios públicos y los centros privados con camas de UCI, reanimación o recuperación post-anestesia que atiendan casos de COVID-19 remitirán también a diario la presión de urgencias por COVID-19 considerado como ingresos el número de casos COVID-19.
Contra la presente orden, firmada por el ministro de Sanidad, Salvador Illa y que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
0