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Condenada una empleada de una perfumería de Burgos que insultó a su jefa en Facebook

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Alba Camazón

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La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a la empleada de una perfumería por vejar a través de Facebook a su jefa. La trabajadora deberá indemnizar a la encargada del local con 800 euros por daños morales y tendrá que publicar la sentencia en su muro de esta misma red social.

La Justicia ratifica la condena impuesta por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Burgos en junio de 2018. Dicho tribunal entendió que en este caso existió intromisión ilegítima en el honor de la encargada del establecimiento, quien demandó los hechos, porque las expresiones vejatorias “iban en descrédito de la persona a la que se refiere”.

La empleada condenada insultaba a su jefa, una “encargaducha” con acusaciones como “encargada que ha sido despedida de 5 trabajos por robar y que dentro de esta tienda lo sigue haciendo”. También aseguró que gritaba a las empleadas delante de los clientes frases como: “¡Qué cojones estáis haciendo! O ¡qué pollas es esto!”.

En su muro de Facebook, la trabajadora criticaba que su jefe “humillara y siempre delante de compañeras o clientes”, modificara los horarios pare tener “más descanso que nadie” y se “escaqueara de la oficina”. “Suponen imputación de conductas antijurídicas, objetivamente vejatorias y desmerecedoras en la consideración ajena”, señala la Audiencia Provincial de Burgos.

El tribunal asegura que el hecho de que los jefes de la víctima no le dieran credibilidad a los comentario sen redes sociales no significa que no se haya violado el derecho al honor con expresiones que buscaban su “descrédito profesional” y atentara contra su reputación.

También considera acreditada “la existencia de sufrimiento, padecimiento psíquico, zozobra, inquietud, pesadumbre e impacto emocional” en la víctima por los comentarios en Facebook, que causaron daños morales y que justifican la sanción económica.

Dichas declaraciones “atentan injustamente contra la reputación personal y profesional” de la encargada, por lo que se condenaba a la empleada al pago de una indemnización de 800 euros por daños morales.

La sentencia también obliga a la empleada a la publicación de la sentencia en el mismo perfil de Facebook en el que realizó los comentarios y desestima así rechaza el recurso interpuesto por la misma.

a la encargada del establecimiento, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

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