El Parlamento Europeo afirma que existen “pruebas suficientes” para llevar a juicio a Toni Comín por acoso sexual
El Parlamento Europeo ha elaborado un informe en el que asegura que tras una investigación, en la que cuenta con “testigos creíbles”, se confirma que la denuncia de un trabajador parlamentario contra el eurodiputado de Junts Toni Comin “podría ser acoso” psicológico y sexual, según ha adelantado el diario Ara.
La Eurocámara afirma que hay “pruebas suficientes” y defiende “la continuación del procedimiento del caso” contra el representante de Junts en los tribunales. Incluso el Parlamento Europeo se ofrece a proporcionar “apoyo financiero” al exasistente que denunció los abusos para sufragarle los costes judiciales y de los abogados. Comín niega las acusaciones y advierte de que “se reserva el derecho de emprender acciones legales contra las personas que están denunciando falsamente con voluntad de difamación”. El eurodiputado de Junts asegura que “nunca ha sido llamado” por el Parlamento Europeo “para explicar la verdad de los hechos”.
La cuestión es que Comín no tiene el acta de eurodiputado con lo que el Parlamento Europeo no puede sancionarlo ni hacer público el informe que ha publicado Ara. En la apertura de cada pleno de la Eurocámara, su presidenta, Roberta Metsola, anuncia el resultado de investigaciones sobre los eurodiputados y las sanciones aplicadas, pero “solo tiene poderes disciplinarios sobre los eurodiputados” de pleno derecho. En el caso de Comín no es posible porque no ocupa escaño.
En enero de 2025 se hizo pública la denuncia de un ex asesor del político contra Toni Comín en la que mencionaban tocamientos, insinuaciones y proposiciones sexuales, además de hostigamiento laboral, broncas sin motivo y amenazas de despido. El exasistente también denunció que “la búsqueda de contacto físico” por parte del exconseller aumentó con el tiempo hasta llegar a “momentos insoportables”.
El informe del Parlamento confirma que Comín podría haber violado tanto el punto que define el acoso psicológico como “cualquier conducta abusiva que sea persistente, repetida o sistemática, que implique comportamientos, palabras, acciones, gestos o comunicaciones escritas intencionales que menoscaben la personalidad, la dignidad o la integridad física o mental de una persona”; así como el acoso sexual, definido como “cualquier conducta de naturaleza sexual que no sea deseada por la persona a la que va dirigida y que tenga por objeto o efecto vulnerar su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, ofensivo o molesto”.
Comín solo podría recurrir las conclusiones de la investigación del Parlamento Europeo si obtiene el acta de eurodiputado, pero no puede ejercer como eurodiputado porque las autoridades españolas le exigen jurar la Constitución presencialmente en Madrid para obtener el acta, por lo que podría ser detenido por la orden que pesa sobre él por el procés. El caso sobre su escaño se encuentra ante la justicia europea, que debe decidir si la Eurocámara le entrega el acta aunque no acate la Carta Magna.
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