El juez Llarena confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación y desobediencia

Alberto Pozas

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El juez Pablo Llarena, del Tribunal Supremo, ha decidido confirmar el procesamiento de Carles Puigdemont por malversación y desobediencia después de la reforma del Gobierno que derogó el delito de sedición por el que fueron condenados los otros líderes políticos catalanes. El magistrado instructor de la causa ha decidido rechazar los recursos que la Fiscalía, la Abogacía del Estado, las acusaciones y las defensas presentaron contra su auto que imputó estos dos delitos al expresident y a Toni Comín y Lluís Puig, dejando la acusación sobre Marta Rovira y Clara Ponsati en desobediencia.

En este nuevo auto, el juez reitera que esta reforma no implica que los delitos atribuidos a Puigdemont, Comín y Puig puedan encajar en una versión atenuada de la malversación y que lo que antes se consideraba sedición ahora se debe considerar desobediencia. Fiscalía y Abogacía del Estado pedían que reconsiderara su decisión y les acusara no de desobediencia sino de desórdenes públicos agravados.

La reforma del ejecutivo central que derogaba la sedición, creaba un nuevo delito agravado de los desórdenes públicos y modificaba también la malversación tuvo una incidencia directa en la causa del procés. La Sala de lo Penal, por su parte, tuvo que adaptar su sentencia que impuso hasta 13 años de cárcel a Oriol Junqueras y el resto de condenados por sedición, malversación y desobediencia.

Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa pasaron a estar condenados en desobediencia en concurso con malversación de caudales públicos. Sus penas de cárcel ya indultadas no se modificaron y tampoco su inhabilitación, lo que mantiene la prohibición del líder de ERC a presentarse a las elecciones en Catalunya en 2025.

En paralelo, el juez Llarena también tuvo que adaptar el procesamiento que pesa desde hace varios años sobre Carles Puigdemont y el resto de políticos catalanes en búsqueda y captura que abandonaron España entre 2017 y 2018, que ya tuvo que ser rebajado de rebelión a sedición después de que el Supremo dictara sentencia. En esta segunda revisión entendió que podían seguir acusados de malversación pero que la sedición debía transformarse en desobediencia.

En este nuevo auto, el juez reitera que los ahora eurodiputados no se pueden ver protegidos por una inmunidad que obtuvieron un año después de su primer procesamiento, y que si en el futuro son encarcelados se les dejará acudir a las sesiones del Parlamento Europeo. Tampoco ven una vulneración de sus derechos en la causa que se sigue contra ellos, por la vía contable, en el Tribunal de Cuentas. “Los dos procedimientos se complementan”, dice Llarena.

La retirada de la sedición el pasado mes de enero ha provocado que el proceso de extradición abierto en Cerdeña (Italia) contra el expresident se haya archivado. El expresident fue arrestado en el aeropuerto de Alguero en septiembre de 2021, pero a las pocas horas fue puesto en libertad. El tribunal italiano consideró que no podía decidir sobre la entrega de Puigdemont hasta que la Justicia europea decidiera sobre su inmunidad.

En un sentido parecido resolvió el pasado mes de enero el juez Llarena, cuando constató que debido a la reforma de Código Penal ya no podía reclamar a los independentistas por sedición, limitando las peticiones de extradición a los delitos de malversación y desobediencia. El juez, sin embargo, dijo que no cursaría una nueva petición de extradición hasta que la controversia sobre la inmunidad estuviera resuelta por los tribunales europeos, algo que podíra no ocurrir hasta finales de año.