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El Supremo pide permiso al Congreso para interrogar a Laura Borràs (JxCat) por fraccionar contratos

El Supremo pide el suplicatorio al Congreso contra Laura Borràs

Oriol Solé Altimira

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La investigación contra la diputada de Junts per Catalunya (JxCat) Laura Borràs encara su recta final. El Tribunal Supremo ha solicitado al Congreso el suplicatorio para continuar la causa contra la diputada de JxCAT Laura Borràs, en la que se investiga la adjudicación presuntamente irregular a un amigo de 18 contratos por valor de 259.863 euros cuando dirigió la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).

El suplicatorio, esto es, el permiso del Congreso al Supremo para interrogar a Borràs, es un paso imprescindible para que el magistrado instructor Eduardo de Porres interrogue a la diputada y dé por finalizada la instrucción del caso, que ya está muy avanzada porque casi toda se realizó en un juzgado de Barcelona. El Congreso dispone de unos dos meses para votar si procede continuar con la causa.

El magistrado instructor del caso citó el pasado 14 de febrero a Borràs para prestar declaración voluntaria como investigada por los supuestos delitos de prevaricación, fraude a la administración, malversación y falsedad documental. La diputada, que vincula esta investigación por corrupción con una supuesta causa contra su independentismo, se acogió a su derecho a no acudir. Si el Congreso acepta el suplicatorio, Borràs ya estará obligada a presentarse a su citación como imputada.

El fraccionamiento de los contratos por los que el Supremo investiga a Borràs fue detectado por la Sindicatura de Cuentas, el organismo dependiente del Parlament que analiza los contratos públicos de la Generalitat. La defensa de la diputada argumenta que la actuación no tiene relevancia penal, y que en su caso sería administrativa.

Por contra, el juez del Supremo sostiene que Borràs podría haber incurrido en hasta cuatro delitos ya que el fraccionamiento de los contratos para su amigo Isaías H. no tenía otro objetivo que “eludir los requisitos de publicidad y los relativos al proceso de adjudicación previstos legalmente”.

Los importes fijados en las facturas y los contratos menores, todos ellos de menos de 18.000 euros, “no obedecían al pago real de los servicios y trabajos realizados, sino a un acto ilícito de enriquecimiento” a favor de Isaías H. y “en perjuicio del patrimonio público”, zanja el magistrado. Borràs y Isaíais, continúa el juez, pactaban el precio del contrato para “otorgar una ganancia económica” a su amigo.

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