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El Sescam deberá indemnizar con 6.000 euros a un paciente por no informar de los riesgos de una intervención

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El Tribunal Superior de Justicia de Albacete, a través de su Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha emitido una sentencia en la que se condena al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y a la compañía de seguros Mapfre a indemnizar con 6.000 euros a un paciente por la falta de información aportada en una intervención en la columna.

El caso se remonta a junio de 2011, cuando el afectado fue operado en el Hospital General de Albacete. La intervención consistió en una artrodesis lumbar, fijación de “varios discos vertebrales” según explican desde el Defensor del Paciente. En ese entonces, el paciente F.R.S, de 51 años de edad, padecía una patología que le ocasionaba lumbociática y limitación funcional.

Dos meses después de la cirugía, y en la primera revisión a la que se sometió, manifestó que la situación “había empeorado, ya que sufría muchos más dolores”. El paciente fue sometido a pruebas diagnósticas en las que se señaló que el cuadro se había agravado después de la intervención. “Esa agravación o empeoramiento es un riesgo típico y grave de la cirugía de artrodesis a la que fue sometido, y así consta reflejado en los protocolos y literatura médica”, señalan desde el Defensor del Paciente.

Desde la asociación recalcan, sin embargo, que los cirujanos encargados de la cirugía no informaron de esta situación al paciente. “Es decir, no obtuvo de los mismos ninguna advertencia sobre los riesgos propios de la intervención” ni tampoco de las “alternativas terapéuticas”. El abogado de la asociación Ignacio Martínez interpuso una reclamación patrimonial administrativa y un recurso contencioso administrativo por el “anormal” funcionamiento del servicio de salud.

En primera instancia se dictó sentencia por el Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Cuenca que desestimó la demanda por entender, entre otras cosas, que no había habido déficit de información. Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Albacete, que ahora dicta nueva sentencia estimando parcialmente el recurso y concediendo la razón al perjudicado.

De este modo, se señala que “no se prestó consentimiento informado válido al no haber sido informado el paciente con carácter previo a la intervención de los riesgos que la misma comportaba y haberse materializado uno de esos riesgos con el agravamiento de la patología”.

En concreto, en el documento se señala que la operación se realizó “sin informar como posible o probable de un resultado como el producido”. Sin embargo, se descarta un “deficiente atención médica”, ya que no se aprecia “malposición de ninguno” de los tornillos. Ante la sentencia cabe todavía la posibilidad de interponer un recurso extraordinario y limitado de casación.

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